Por Aldo Battisacco – Desde Buenos Aires (Enviado especial)

Diputados dio media sanción al proyecto que prohíbe salidas transitorias y libertad condicional por delitos violentos. Fue aprobado con 134 votos a favor y 69 en contra.

Luis Petri, autor de la iniciativa, explicó a Conclusión que propone “la prohibición de las salidas transitorias y libertad condicional a los autores de delitos graves”, y agregó “de esta manera se modifica la Ley 24.660 de Ejecución de la Pena”.

Carcel Piñero

Preguntado sobre cuáles son las figuras penales que se tendrán en cuenta a la hora de aplicar la ley, destacó: “La reforma prohíbe el acceso a los beneficios de salidas transitorias y a la libertad condicional en los casos de los condenados por delitos violentos tales como los homicidios, las violaciones o los robos con armas de fuego. Estas personas deberán cumplir la totalidad de la condena”, explicó.

Así aprobado, el proyecto restringe el acceso a los beneficios del período de prueba, a la libertad condicional y a la libertad asistida.

Además, se amplía el listado de delitos del artículo 56 bis, que se reproducen en el artículo 14 del Código Penal, y se admite la posibilidad de que condenados a penas mayores a 10 años, más allá de la calificación que haya recibido su conducta, no ingresen en estos sistemas.

Por otro lado, la normativa eleva las exigencias sobre la conducta de las persona privadas de libertad y reformula el concepto para progresar dentro de las fases del período de tratamiento o para ingresar al período de prueba y, en el primer caso, se exige calificar conducta y concepto “Muy Bueno”, mientras que en el segundo caso, conducta y concepto “Ejemplar”.