Cambia, todo cambia. Los comercios ya no estarán obligados a exponer el Costo Financiero Total (CFT) y deberán mostrar el precio de contado, anticipo y la cantidad de cuotas, según una resolución publicada hoy en el Boletín Oficial.

Así lo dispuso la Secretaría de Comercio a menos de dos meses de la puesta en marcha del régimen de «transparencia de precios», cuyo objetivo era impulsar rebajas para lograr un repunte en el consumo.

Los cambios publicados en la resolución resolución 240/2017, que fue firmada por el secretario de Comercio, Miguel Braun; buscan flexibilizar de ese modo algunos puntos impuestos desde enero último.

De ahora en adelante los locales comerciales tendrán la posibilidad de volver a publicitar las cuotas «sin interés» y, a su vez, tendrán la opción de no mostrar el Costo Financiero Total y la Tasa Nominal Anual (TNA) de las ventas con financiación.

La disposición aclaró, en tanto, que «cuando los precios se exhiban financiados en los puntos de venta deberá indicarse el precio de contado, el anticipo si lo hubiere, y la cantidad y monto de cada una de las cuotas».

Señaló, además, que sí será obligatorio exponer el CFT y la TNA para las ventas realizadas a través de internet, al igual que en las publicidades en medios de comunicación.

«La información del costo financiero total de la operación deberá colocarse en una tipografía en color destacado», indicó.

El Gobierno había anunciado en enero el régimen de «transparencia de precios» con el argumento de que los precios ya tenían cargado el costo financiero aunque se los pagara al contado.

De ese modo, la administración de Mauricio Macri esperaba que al sacar esa sobrecarga, el precio de contado bajara.

Pese a ello, asociaciones de defensa del consumidor habían cuestionado la iniciativa oficial por entender que tras su puesta en marcha, los precios habían registrado marcados aumentos.