Vivir con dificultades económicas no justifica estar desamparado al morir ni mucho menos quedarse sin una despedida digna. Por ello, el Concejo Municipal aprobó este jueves un proyecto de la concejala Marina Magnani, en el cual se solicita que el Ejecutivo local estudie la posibilidad de crear salas de velatorio gratuitas en los barrios de la ciudad.

La intención es que se disponga este lugar para personas de escasos recursos. “La idea surgió porque los establecimientos de barrio tales como vecinales, iglesias o clubes tienen mucha demanda de vecinos para utilizar las instituciones como sala velatoria. Esto no corresponde y choca con la vida institucional de las organizaciones”, explicó Magnani.

Si bien la edil manifestó que si bien “hoy existe un servicio que subsidia el traslado, nuestra propuesta se enfoca en la construcción de lugares acondicionados y preparados por el municipio para estos casos”.

“No es correcto que actividades recreativas convivan con casas mortuorias. Esa es la inquietud de muchos vecinos que nos plantearon que se desnaturaliza la verdadera esencia social de los esas entidades”.

En relación a de que forma se implementaría la medida, Magnani expresó: “Eso depende de como lo quiera implementar el municipio. Lo ideal sería por distritos, un lugar específico destinado a eso. Lo ideal sería acondicionar los cementerios o anexos para esta finalidad”.

“Es una necesidad que se siente mucho más en barrios como Rucci o Siete de Septiembre donde vive mucha gente, y hay muchos fallecimientos. Alquilar una sala es carísimo y muchas personas no lo pueden costear”, concluyó.

Decreto completo

Vuestra Comisión de Salud y Acción Social ha considerado el proyecto de  Decreto presentado la Concejala  Marina Magnani, que expresa:

“Que el servicio fúnebre subvencionado por la Municipalidad para personas en situación de pobreza no incluye el servicio de salas velatorias  y,

Considerando: Que las familias no disponen en sus viviendas las instalaciones necesarias para el desarrollo de un velatorio.

Que en la búsqueda de donde velar a seres queridos en lugar gratuito se presentan serias dificultades.

Que muchas veces son las instalaciones de instituciones comunitarias como clubes y asociaciones vecinales que brindan un espacio para el velatorio sin cumplir con las condiciones básicas para su realización como dicta la Ordenanza Nº6484.

Que la ordenanza Nº 6484 establece en el Art. 84º.- Los locales para el velatorio de cadáveres deberán disponer de un recinto o cámara destinada exclusivamente a la habilitación de capillas ardientes. Estos locales deberán ajustarse a las siguientes disposiciones: a) Estas salas serán de cualquier material que a juicio del Departamento Ejecutivo reúna condiciones de seguridad y que viabilicen su completa desinfectación. A estos efectos los cielos rasos serán lisos y las paredes no formarán  ángulos rectos. b) Tendrán frisos de dos metros de altos de materiales impermeables y piso de igual clase. c) Las dimensiones mínimas dentro del local serán: ancho 4m. largo  4m. alto 4m., no autorizándose la instalación de asientos d). además de la puerta de acceso poseerán otra abertura (puerta ventana o claraboya) que permita su constante y perfecta ventilación.”

Es por lo expuesto esta comisión elevaban para su aprobación el siguiente proyecto de:

Artículo 1º.-  Encomiéndese al Departamento Ejecutivo Municipal que estudie la factibilidad de crear salas velatorias municipales.

Art. 2º.- Comuníquese a la Intendencia con sus considerandos, publíquese y agreguese al D.M..