Por Aldo Battisacco, desde Buenos Aires (enviado especial)

La realidad mundial demuestra que existe una notable preeminencia de las corporaciones con gran incidencia global, y que le dan relevancia al desenvolvimiento y crecimiento de la actividad económica con cierto grado de complejización, que a la par, revela una creciente criminalidad económica organizada. El derecho tal cual lo conocemos hoy, no aporta soluciones respecto de estos temas y para ello es necesario dar respuesta por medio de leyes que procuren una necesaria adaptación para poder hacer frente a estas nuevas modalidades delictuales. Para sortear estas prácticas, se recurrió en varios países del mundo a la aplicación de normas que alcancen la responsabilidad penal de las personas jurídicas.

Tras el fracaso de este miércoles por falta de quórum para tratar el proyecto de ley de Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas, Cambiemos logró este jueves la firma del dictamen para establecer un régimen penal para las empresas que cometan delitos de corrupción.

El mecanismo utilizado por el oficialismo para la firma fue invocar la aplicación del artículo 108 del Reglamento interno de la Cámara baja, que consigna que pasada la media hora de reunión se puede dictaminar con la presencia de un tercio de los miembros de la comisión.

Por su lado, el Frente Renovador, el bloque Justicialista y la izquierda adelantaron que presentarán dictámenes de minoría. En el encuentro, no hubo representantes del bloque Frente para la Victoria-PJ.

Desde el FIT, Juan Carlos Giordano se manifestó en rechazo y expresó: “Se está haciendo creer que es para perseguir a las personas jurídicas y contra la corrupción. No se puede decir que va se van a eliminar a los Lázaro Báez y las Odebrecht”. En tanto, Pablo López reclamó que “los cambios del proyecto original son puramente cosméticos”.

En diálogo con Conclusión, la diputada del Frente Renovador, Mónica Litza, dijo que «las comisiones emitieron dictamen, Cambiemos fue con dictamen propio, el Frente renovador y la diputada Victoria Donda de Libres del Sur, por el momento firmamos dictamen en minoría. Tenemos una enorme diferencia que está relacionado con los delitos que contempla la iniciativa del ejecutivo nacional. que se relacionan con la corrupción porque consideramos que las empresas deben ser penalmente responsables por todos los delitos».

—¿En qué casos recientes podría referenciar su postura?

—La tragedia de Once, muertos, homicidio, las empresas y concesionarias deben ser responsables de esos resultados. El daño ambiental, otro tema que en el proyecto del oficialismo que se toma como agravante de una conducta relacionada con la administración del estado. Cuando consideramos los casos de las mineras decimos que deben ser penadas en una ley de responsabilidad penal el daño ambiental, como si fuera un delito autónomo. partimos de la base que la responsabilidad penal debe ser para todos los delitos y no solo para alguno pocos, por ello no acompañamos el dictamen de la Alianza Cambiemos.

—¿El Estado pierde su condición de garante solidario ante los casos de contaminación?

—No, se puede realizar una acción demandando pero estamos más allá del Estado, y le estamos apuntando a las empresas por contaminar y otras conductas delictuales que puedan existir. Y un segundo punto que nos diferencia con el proyecto del Ejecutivo, es la figura del arrepentido que está en el Código Penal que se debatió hace pocos meses y ahora el oficialismo presenta la figura del colaborador eficaz que es exculpado de responsabilidad y me parece que es una ley a la medida de los empresarios de Odebrecht y hay que legislar con una mirada más amplia, no solo para este momento.

—¿Tiene algún indicio de que las propuestas del Frente Renovador podrían ser consideradas por Cambiemos una vez que ingrese al recinto?

—En política tenemos siempre hasta último momento la posibilidad de discutir todo. Un dictamen no significa el fin. Hay posibilidad de discutir como se hizo en anteriores oportunidades, porque muchas veces hubo modificaciones a último momento.

Entre los cambios formulados al proyecto original, se destaca que las personas jurídicas serán sancionadas con una multa entre el 0,5% -antes era de 1%- al 20% de “los ingresos brutos anuales que la condenada hubiere tenido en el último ejercicio anterior a la comisión del delito”. En los casos de “transformación, fusión, absorción, escisión o cualquier otra modificación societaria”, la responsabilidad de la persona jurídica será transmitida a la persona jurídica resultante o absorbente. No obstante, podrá quedar exenta por cumplimiento de un acuerdo de colaboración eficaz. Otro de los artículos que elimina es el de la responsabilidad de las personas jurídicas en cuanto a la actuación de los proveedores y contratistas.