Por Aldo Battisacco desde Buenos Aires (enviado especial)

Tras la reunión de la Comisión de Asuntos Constitucionales en el que Cambiemos obtuvo mayoría para dictaminar la exclusión del ex ministro de Planificación Federal, Julio De Vido, el diputado del bloque Justicialista, Pablo Kosiner, dijo a Conclusión que podía “adelantar postura propia y del diputado David” y lamentó “que el problema de la relación de corrupción de la actividad política no esté resuelta por la Justicia y que la Cámara de Diputados tenga que hacerse cargo de un tema que ya tendría que estar resuelto, habiendo tantas causas pendientes”.

Reunión de la Comisión de Asuntos Constitucionales

“No obstante, no escapamos a esta responsabilidad, hemos firmado un dictamen de mayoría sobre la sanción de exclusión, por el impacto social que generó una serie de hechos en los trámites judiciales a partir del año pasado -por 5 causas de procesamiento del diputado De Vido en la administración de fondos públicos- y la elevación a juicio oral de la causa por el descarrilamiento en 11, del tren del ramal Sarmiento que impactó fuertemente en la ciudadanía”, y agregó «la política debe dar señales de responsabilidad si no la da la Justicia», expresó Kosiner.

Consultado si resulta acertado votar según un criterio que se trató de instalar desde el oficialismo que lo circunscribe a «honestidad o corrupción», el salteño respondió que «cada uno vota de acuerdo a sus propias convicciones, no creo en el macartismo en este sentido, me parece que es un tema muy importante el que se pone en debate, hay que tomar posición, pero salir rápidamente de esto y discutir otros problemas».

Según, el legislador «la corrupción es un grave problema en Argentina, pero también la falta de trabajo, la plata no alcanza, las pymes se están fundiendo, nuestras economías regionales esta peor y el gobierno no acierta en ninguna de las medidas sobre los problemas que tiene Argentina», manifestó.

Preguntado si por no haber impugnación de un candidato en momentos previos a ser ungido como legislador por el voto popular, el cuerpo puede desplazar a un diputado electo, respondió que «la Cámara no se arroga ninguna facultad, porque está contemplada la situación en el articulo 66 de la Constitucion Nacional, que no es de carácter discrecional del Congreso, que para evitar que sea arbitraria requiere de los dos tercios, si mañana no hubiese ese número de legisladores, querrá decir que no se conformó la voluntad política necesaria para aplicar una sanción».

Y seguidamente añadió: «Esta sanción no tiene que ver con la inhabilidad moral o física, sino con causales que enumera la Constitución Nacional, y que el Congreso de manera soberana interpreta que la figura de un diputado puede estar afectando a la totalidad de un cuerpo -sea por la Justicia o porque el diputado De Vido no decidió renuncia- estaríamos en otra situación. Los antecedentes constitucionales y doctrinarios, indican que las facultades del Congreso en materia disciplinaria en materia de exclusión no tiene condicionamientos que no sean los dos tercios de la voluntad de sus miembros», concluyó Pablo Kosiner.