El Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional  Nro. 28 desestimó una denuncia presentada contra el elenco de la obra teatral “Toc Toc” por apología del delito.

La magistrada María Rita Acosta hizo lugar a lo planteado por el fiscal Santiago Vismara, titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional Nro 2, después de que una espectadora formulara una denuncia contra los actores por “apología del delito”, tras manifestar su apoyo a la campaña por el aborto legal, seguro y gratuito.

El hecho ocurrió el 22 de abril del corriente año, cuando la mujer concurrió al teatro Comafi a presenciar la obra “Toc Toc”. Al finalizar la función, los actores exhibieron pañuelos verdes en sus cuellos, con la intención de manifestarse en favor de la despenalización del aborto.

La denunciante sostuvo en su presentación que, independientemente de los debates parlamentarios actuales sobre el tema, el aborto es hoy un delito (artículo 85 del Código Penal), por lo que consideró que los actores incurrieron en apología del delito (artículo 213 del CP).

Para el fiscal Vismara, el hecho denunciado no encuadra en ningún tipo del Código Penal. “En efecto, la figura legal de apología del crimen, prevista en el artículo 213, requiere entre sus elementos normativos que el delito que se elogia haya sido efectivamente cometido (ya fuese consumado o tentado)”, desarrolló.