Tras un arduo proceso que incluyó numerosos pedidos y una angustia indescriptible, la justicia falló y decidió restituir a Kiki a la Familia Solidaria que los crió y cuidó durante casi dos años.

Cristina Morla y Sergio Giglioti tuvieron que «entregar» a «Kiki» el 18 de enero de este año, a pedido de la Subsecretaría de Niñez y Adolescencia tras haber vivido con ellos por dos años como consecuencia de un fallo en los tiempos establecidos por el programa.

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A partir de allí, todo un país salió a repudiar la decisión de la Secretaría y este martes la causa tuvo un vuelco inesperado. Es que la Sala Segunda de la Cámara de

Apelación en lo Civil y Comercial resolvió a favor de la apelación que había presentado el defensor general —cuyo pedido inicialmente había sido rechazado por el tribunal de primera instancia— y decidió restituir el menor a la pareja.

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El fallo, que tiene la firma de los doctores Eduardo Sodero, Luciano Pagliano y Armando Drago, sostiene -entre otros argumentos- que a riesgo de reiterar “verdades simples u obvias” el caso pone plenamente en juego el mandato convencional y legal de dar primacía al interés superior del niño, “directiva que se torna particularmente exigente cuando se trata de niños que están en su primera infancia, un período esencial para la realización de los derechos del niño pues allí se sientan las bases de su salud física y mental, de su seguridad emocional y de su identidad cultural”.

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En el escrito también hay críticas a la actuación de la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez de la provincia. “Los procedimientos administrativos y judiciales que conciernen la protección de los derechos humanos de niñas y niños, particularmente aquellos procesos judiciales relacionados con la adopción, la guarda y la custodia de los niñas y niños que se encuentra en su primera infancia, (…) deben ser manejados con una diligencia excepcional por parte de las autoridades”, advierte el fallo.

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Los camaristas insisten en que la Subsecretaría de la Niñez —que podrá apelar este fallo ante la Corte Suprema de Justicia— debe poner todo el esfuerzo que esté a su alcance para respetar los tiempos de los procedimientos respectivos —el programa de Familias Solidarias establece plazos de 6 meses— lo que no ha sucedido en este caso y tampoco en otros que también llegaron a esta instancia judicial.