El año pasado, la diputada Diana Conti, propuso incrementar las penas por delitos por violencia de género, y sostuvo en ea oportunidad que “la violencia contra las mujeres no es exclusiva de ningún sistema político o económico, las estructuras de poder de la sociedad que la perpetúan se caracterizan por su profundo arraigo y su intransigencia. En todo el mundo, la violencia o las amenazas de violencia impiden a las mujeres ejercitar sus derechos humanos y gozar de ellos”.

Recientemente, la legisladora propuso modificar la Ley 26.485 que tipifica el delito de acoso sexual callejero, que fue aprobado este miércoles el aval de todos los bloques en la Cámara baja.

El proyecto define que la “violencia contra las mujeres en el espacio público”, es “aquella ejercida contra las mujeres por una o más personas, en lugares públicos o de acceso público».

El castigo penal será contra todos aquellos que incurran en conductas o expresiones «verbales o no verbales, con connotación sexual, que afecten o dañen su dignidad, integridad, libertad, libre circulación o permanencia»

Y señala que los lugares en los que se aplicará la norma alcanza a lo «medios de transporte o centros comerciales».

La norma introdujo una modificación del artículo 9° de la ley 26.485 para hacer disponible una linea telefónica gratuita y accesible que deberá ser creado por el Instituto Nacional de la Mujer, en forma articulada con las provincias, para dar contención, información y asistencia y brindar asesoramiento y asistencia en lo que significa el «acoso callejero» y cómo combatirlo.