El Poder Ejecutivo reglamentó hoy la ley que creó el Programa de Recuperación Productiva para pequeñas y medianas empresas, aprobada por el Congreso en julio pasado.

A través del decreto 1101 publicado hoy en el Boletín Oficial se reglamentan puntualmente los Títulos II, III y V de la Ley N° 27.264.

La norma avanza con un tratamiento impositivo especial a los sujetos que encuadren en la categoría de Micro, Pequeñas y Medianas Empresas.

Entre otros beneficios, se incluyen la eximición del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, el cómputo como pago a cuenta en el Impuesto a las Ganancias del monto ingresado en concepto de Impuesto sobre los Créditos y Débitos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias, y la posibilidad de diferir el ingreso del saldo resultante de la declaración jurada del Impuesto al Valor Agregado.

En el decreto se indica que la Afip deberá «emitir las resoluciones pertinentes con el fin de liberar del ingreso del Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (Título V de la Ley N° 25.063 y sus modificaciones), a las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas cuyos períodos fiscales se inicien a partir del 1° de enero de 2017, como así también del ingreso de sus anticipos correspondientes a dicho período fiscal y subsiguientes, y a establecer el procedimiento para la acreditación y/o devolución de los anticipos de dicho impuesto que se hubiesen ingresado por el período fiscal por el cual no resulta aplicable el gravamen».

Por otra parte, el decreto fija una serie de requisitos para que las empresas puedan acogerse a los beneficios impositivos fijados por ley.

El decreto lleva las firmas del presidente Mauricio Macri, el jefe de Gabinete, Marcos Peña, y los ministros de Hacienda, Alfonso Prat Gay, y Producción, Francisco Cabrera.

El 13 de julio pasado el Senado convirtió en Ley una norma que dicta beneficios para pymes.

La iniciativa sobre Pymes contempla el incremento en el monto que el Estado abona en concepto de Repro -en compensación de salarios para empresas en crisis- y prevé algunos beneficios para las economías regionales.

Entre otros aspectos, el proyecto establece para las pymes un incremento del cincuenta por ciento de las asistencias que, a través de los Repro, se les brindan a las empresas que están en crisis para que puedan abonar el pago de sus empleados.

Además se aumenta del 8 al 10 por ciento el porcentaje de la inversión que se puede desgravar del Impuesto a las Ganancias, y se elimina el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta.

También autoriza el proyecto que las micro y pequeñas empresas puedan desgravar el 100 por ciento y las medianas del 50 por ciento de la Ley del Cheque del pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias.

Con respecto al IVA, se les permitirá a las micro y pequeñas empresas pagar a los 90 días de su facturación, mientras que las medianas lo tendrán que hacer en forma trimestral.