Un fallo judicial favorable le devuelve la esperanza a un afiliado del Iapos diagnosticado con cáncer
La sentencia ordena a la obra social provincial cubrir el 100% de un costoso tratamiento con Pembrolizumab, un medicamento clave indicado por su médico tratante. “Adoptar medidas provisorias es esencial para evitar mayores perjuicios mientras se tramita el juicio”, afirmó la magistrada.
- Info general
- Por Alejandro Maidana
- Jul 26, 2025
En pleno receso judicial, una jueza de feria de Rosario dictó una resolución que devuelve esperanza a un afiliado del IAPOS diagnosticado con un cáncer de vejiga en estado avanzado. El fallo ordena a la obra social provincial cubrir el 100% de un costoso tratamiento con Pembrolizumab, un medicamento clave indicado por su médico tratante.
El paciente, representado por los abogados Juan Facundo Bessón y Ariel Leonardo Grattone, había iniciado una acción de amparo para exigir que la obra social le garantizara el suministro urgente del fármaco. Según la presentación judicial, la negativa de cobertura ponía en riesgo su vida y contradecía la indicación médica.
El paciente, representado por los abogados Juan Facundo Bessón y Ariel Leonardo Grattone, había iniciado una acción de amparo para exigir que la obra social le garantizara el suministro urgente del fármaco. Según la presentación judicial, la negativa de cobertura ponía en riesgo su vida y contradecía la indicación médica.
Por su parte, IAPOS se opuso al planteo. Argumentó que el medicamento no forma parte del vademécum oficial y propuso alternativas más económicas como docetaxel o paclitaxel. Además, sostuvo que acceder al pedido del afiliado sería como “resolver el juicio antes de tiempo” y solicitó que, de concederse la medida, el paciente ofreciera una garantía para proteger los fondos de la obra social.
Sin embargo, la jueza no dudó en priorizar la urgencia sanitaria. En su resolución destacó que “la negativa de cobertura podría constituir un acto que, en forma actual o inminente, lesione derechos y garantías constitucionales como el derecho a la salud y a la vida”. También subrayó que la obra social no contradijo que el médico tratante pertenezca a su cartilla, lo que refuerza la verosimilitud del reclamo.
“Adoptar medidas provisorias es esencial para evitar mayores perjuicios mientras se tramita el juicio”, afirmó la magistrada. Por eso, resolvió ordenar al IAPOS que entregue el medicamento solicitado mientras dure el proceso, previa presentación de una caución por parte del afiliado.
Este caso pone nuevamente sobre la mesa el debate sobre hasta dónde llegan las obligaciones de las obras sociales frente a enfermedades graves y tratamientos de alto costo. Para el paciente y su entorno, el fallo es un alivio en medio de la angustia que supone luchar contra un cáncer agresivo. La irreparabilidad del perjuicio configuró un anticipo de jurisdicción favorable respecto del fallo final de la causa.

