Sancionarán a una fiscal rosarina por su desempeño en una causa de violencia de género que terminó en femicidio
La Asamblea Legislativa de Santa Fe votará este jueves una sanción disciplinaria a la fiscal rosarina María Verónica Ballari, por mal desempeño en el caso del asesinato de la enfermera Ailén Oggero.
- Judiciales
- Jun 3, 2026
La Legislatura provincial avanza en la sanción disciplinaria a la fiscal rosarina María Verónica Ballari por presunto mal desempeño en un caso de violencia de género, en el que está acusada de demorar la protección de la víctima que terminó asesinada cuando ya existía una orden de restricción de acercamiento a su ex pareja. En medio del proceso, la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público de la Acusación solicitó al parlamento que “se abstenga de aplicar el régimen disciplinario de la ley 13.807” al considerar que la reforma constitucional de 2025 dispone la implementación de uno nuevo, aunque una cláusula transitoria lo supedita a la sanción de una ley.
El desempeño de Ballari fue analizado en primer término por el Auditor General de Gestión del MPA, Leandro Mai, quien elevó el caso a la comisión bicameral de Acuerdo, que está facultada para establecer sanciones disciplinarias a los fiscales. La Asamblea Legislativa tratará este jueves la situación a la acusada por mal desempeño y la comisión bicameral sugirió la suspensión por tres meses sin goce de haberes.
La fiscal intervino en un legajo por violencia de género que tenía como víctima a la enfermera Ailén Ayelén Oggero (32), quien denunció a su ex pareja, Jonathan Omill. La Justicia dictó una orden de restricción de acercamiento del hombre pero, según los familiares de la mujer, continuó siendo hostigada.
El 18 de febrero de 2025 Ailén fue asesinada en su vivienda de Prusia al 6700 del barrio Belgrano de Rosario. Un atacante le disparó siete veces cuando salía de su domicilio, donde estaban sus dos hijos menores de edad. La investigación del crimen persigue dos hipótesis pero no hay ninguna persona imputada.
El femicidio de Oggero puso la lupa sobre la actuación de Ballari en las denuncias previas por violencia de género que había realizado la mujer y la protección que requería. Tras el dictado de la orden de no acercamiento, la mujer denunció que el 27 de noviembre de 2024 Omill ingresó por una ventana a una vivienda donde se encontraba ella, sustrajo las llaves de su automóvil, regresó horas después, la golpeó en la cabeza y el rostro, la amenazó y la obligó a subir a un vehículo donde permaneció retenida durante dos horas.
La Auditoría General de Gestión analizó el desempeño de la fiscal y envió las actuaciones a la comisión de Acuerdo, que trata los casos de mal desempeño y las posibles sanciones. La madre de la víctima reveló que “la primera audiencia (de imputación a Omill) ni siquiera nos enteramos de que estaba ocurriendo”.
Además, recordó una charla con la fiscal Ballari tras el femicidio de su hija. “Nosotros estábamos a punto de volverlo a llamar para tomarle otra declaración, pero no nos dio tiempo”, contó la mujer que le dijo la fiscal, y reflexionó: “O sea que esperaba que los delincuentes le dieran tiempo a la fiscal”.
Oggero fue asesinada tres meses después de esa última denuncia por violencia de género contra su ex pareja, de la que buscaba separarse. Omill finalmente fue condenado el 2 de marzo de 2026 a 4 años y 6 meses de prisión mediante un juicio abreviado por múltiples delitos de violencia de género como amenazas, lesiones, privación ilegal de la libertad y violación de domicilio.
Tras el asesinato a balazo de Oggero, que era empleada del hospital del Centenario de Rosario, Omill quedó bajo sospecha de haber instigado del femicidio, pero hasta el momento los investigadores del caso no encontraron pruebas para imputarlo. La actuación de la fsical Ballari quedó, entonces, en la mira de la auditoría primero y ahora de la Legisltura, que podría establecer una sanción de tres meses sin goce de sueldo.
Quién sanciona
En el medio del proceso disciplinario, la Asociación de Fiscales y Funcionarios del MPA solicitó a la Legislatura provincial a fines de mayo que se abstenga de aplicar el régimen disciplinario a Ballari, al considerar que la reforma Constitucional estableció que debe dictarse un nuevo modelo. Sin embargo, la carta magna reformada incluyó una cláusula transitoria que establece que, hasta tanto no se dicte una nueva norma que dé forma al régimen disciplinario de los fiscales y defensores, rige la vieja ley 13.807.
Esa norma, sancionada en noviembre de 2018, nació polémica. Fue impulsada por el Senado provincial, entonces con mayoría justicialista, para quedarse con el control disciplinario del MPA, mientras cuatro senadores eran investigados por presuntos delitos por fiscales del órgano acusador.
El texto ingresado a la comisión de Acuerdos señala: “Impugnamos la aplicación de la ley vigente por inconstitucional, pero dejamos expresa constancia de que tampoco convalidamos ningún esquema futuro que asegure un tribunal con integración técnica mayoritaria”.
En otro párrafo, sostiene que “no estamos ante un mero trámite administrativo, sino ante una encrucijada institucional. Aplicar una ley cuestionada, amparándose en una cláusula transitoria, para juzgar a fiscales bajo un paradigma contrario a los estándares internacionales, constituye un retroceso institucional inadmisible, y pone en riesgo la responsabilidad Internacional del Estado Argentino”.
La Asociación considera que la integración del órgano disciplinario debe estar equilibrada entre representantes de los distintos poderes del Estado y otros actores del Poder Judicial, no como ahora que las sanciones las define “la política”, atento a que la comisión de Acuerdo está integrada por cuatro senadores y ocho diputados de diferentes bancadas partidarias.
En la nota piden que “se suspenda el tratamiento disciplinario (de Ballari) hasta tanto se adecúe el procedimiento a las garantías de los Tratados Internacionales” y, a la vez, que “se garantice que cualquier eventual sanción sea revisable judicialmente de forma plena” ya que, sostiene, “sin independencia real, no hay justicia posible; solo obediencia”.

