La Corte Suprema dejó firme la cautelar que obliga al Gobierno a aplicar la ley de Financiamiento Universitario
El máximo tribunal declaró inadmisible el recurso presentado por el Gobierno. Por lo tanto, el Ejecutivo deberá respetar los artículos que establecen una actualización salarial para docentes y no docentes.
- Política
- Jun 25, 2026
La Corte Suprema de Justicia resolvió mantener vigente la medida cautelar que ordena al Gobierno a cumplir con la Ley de financiamiento universitario. El máximo tribunal declarara inadmisible el recurso presentado por el Gobierno, al considerar que todavía no existe una sentencia definitiva sobre el fondo de la cuestión.
El fallo fue suscripto por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, y deja firme la obligación del Ejecutivo de aplicar los artículos 5 y 6 de la norma. Esos apartados establecen la actualización de los salarios del personal docente y no docente desde diciembre de 2023 hasta la sanción de la ley, así como también la recomposición de distintos programas destinados a los estudiantes universitarios.
El conflicto judicial se inició a partir de un amparo colectivo promovido por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) junto con varias universidades nacionales. La presentación cuestionó el decreto 759/2025, mediante el cual el Gobierno condicionaba la implementación de la ley a la determinación de fuentes específicas de financiamiento.
En las instancias anteriores, la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal había ordenado la aplicación inmediata de los artículos mencionados al entender que el incumplimiento de la norma podía derivar en un deterioro de los salarios universitarios, con consecuencias directas sobre el derecho a enseñar y aprender.
Quedaron fuera de la cautelar otros aspectos, como la recomposición presupuestaria de 2024 y 2025. Mientras tanto, el expediente principal —donde se debate la constitucionalidad del decreto— continuará su curso por separado.
En consecuencia, el Tribunal desestimó tanto el pedido de excusación como la presentación directa e intimó al Gobierno para que, en el ejercicio financiero correspondiente, haga efectivo el depósito previsto en el artículo 286 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, cuyo pago se encontraba diferido de acuerdo con la Acordada 47/91.
Antes de este fallo, el Ejecutivo había vetado la ley, aunque el Congreso insistió en su sanción. Posteriormente, el Gobierno apeló la cautelar, recusó a jueces y pidió la excusación de los ministros de la Corte, planteos que fueron rechazados.
El presidente del Consejo Interuniversitario Nacional Franco Bartolacci comentó sobre el tema: “Es muy importante no solo para la comunidad universitaria del país, sino para todas las instituciones de la Nación esto que acaba de suceder”.
“Pone en evidencia lo relevante que es ser consecuente en el camino, firmes, responsables y serios para defender algo que tanto bien le hace a la Argentina. Es un paso más, no llegamos a ningún lado. A seguir trabajando por la universidad que queremos”, agregó.


