Femicidio de Natalia Giménez: las imputaciones, la trama del primo y la red de usura que operaba desde la cárcel
Tras la audiencia imputativa en el Centro de Justicia Penal, el juez Federico Rebola dictó la prisión preventiva por el plazo de ley para el primo de la víctima como autor del femicidio, y de seis meses para una pareja acusada de extorsionar a la mujer mediante una red crediticia ilegal. La fiscal Paula Barros detalló la reconstrucción en tiempo récord realizada junto a la PDI, el monitoreo de cámaras y el hallazgo de registros contables en la Unidad 6.
- Judiciales
- Oct 19, 2026
El femicidio de Natalia Giménez, ocurrido el pasado 26 de septiembre en un departamento del fonavi de Grandoli al 3800, reveló una trama de violencia familiar y una red de prestamistas ilegales usurarios que operaba desde la Unidad 6 del Servicio Penitenciario de Rosario.
La fiscal Paula Barros, de la Unidad especializada en Violencias Altamente Lesivas, presentó ante el juez de primera instancia Federico Rebola, la imputación al identificado como P.A. el delito de homicidio calificado por ensañamiento, alevosía y por haber sido cometido por un hombre contra una mujer (femicidio) en calidad de autor. Asimismo, imputó a la identificada como S.M.P. y a G.C. por el delito de usura agravada por habitualidad.
El magistrado resolvió tener por formalizada la acusación y ordenó la prisión preventiva efectiva por el plazo de ley para P.A., mientras que para S.M.P. y G.C. dictó la prisión preventiva efectiva por el término de 6 meses.
En conferencia de prensa, la fiscal trazó una línea de tiempo en la investigación que se inició el pasado 27 de septiembre cuando familiares e hijos de Natalia encontraron el cuerpo de la victima sin vida dentro de su departamento. «Esta investigación arranca porque el domingo 27 de septiembre, a las 7 de la tarde, fue hallada sin vida Natalia dentro de su domicilio. Esto fue en Grandoli al 3800, fue hallada por los familiares, por los hijos», comenzó Barros en diálogo con los medios en el Centro de Justicia Penal.
A partir de los testimonios aportados por el círculo íntimo de la víctima —sus hijos y su expareja—, las actuaciones se orientaron de inmediato hacia un trasfondo de amedrentamientos y hostigamientos económicos ligados a préstamos informales, lo que permitió a la Fiscalía articular dos líneas investigativas concurrentes: la ejecución material del homicidio y el entramado de usura que asfixiaba a la víctima.
Deudas, extorsión y operaciones desde la cárcel
La articulación de estructuras de usura y extorsión gestionadas desde el interior de establecimientos penitenciarios constituye una manifestación de extrema gravedad institucional, en tanto evidencia cómo la privación de la libertad no impide la continuidad de negocios ilícitos que explotan la vulnerabilidad económica de los ciudadanos en el territorio extramuros.
Según la teoría del caso expuesta por el Ministerio Público de la Acusación, G.C., quien se encuentra privado de su libertad en la Unidad Penitenciaria Nº 6 de Rosario, desplegó durante el año 2026 una actividad habitual de otorgamiento de préstamos dinerarios con intereses abusivos, actuando de manera conjunta, coordinada y con distribución de funciones con su pareja, S.M.P., quien operaba en libertad. Mientras el interno realizaba las tareas de administración, organización y seguimiento de los créditos mediante comunicaciones telefónicas e inscripciones manuscritas, S.M.P. se encargaba de la gestión en la vía pública, ejecutando los reclamos de pago, el contacto directo con los deudores y la canalización de los cobros. En relación con Natalia Giménez, se acreditaron gestiones de cobro con exigencias persistentes registradas, al menos, entre el 20 y el 24 de septiembre de 2026.
Ante la hipótesis inicial que vinculaba la violencia sufrida por la víctima con estas amenazas, la Fiscalía ordenó una requisa en el pabellón donde se aloja G.C. En el procedimiento se secuestró un teléfono celular y un cuaderno con anotaciones manuscritas que contenía 54 registros de operaciones financieras ilegales. Entre dichos asientos contables figuraba una ficha explícita a nombre de la víctima, identificada como Natalia Andrea Giménez, donde se asentaba la entrega de un capital de $400.000 con la exigencia de devolución de $800.000, lo que representaba un recargo del 100% sobre el monto prestado.
Al detallar la operatoria montada desde el penal, la fiscal Barros sostuvo que «la mujer estaba en libertad, el masculino estaba privado de su libertad al momento de estas exigencias y desde allí hacía justamente estos reclamos, daba los préstamos dentro de la unidad penitenciaria y también hacía las exigencias. Es por eso que se hizo una requisa también para dar justamente con elementos de interés para la investigación. Se encontró un teléfono celular en poder de esta persona con un cuaderno con anotaciones. Estas anotaciones contenían referencias a nombres, números de teléfonos, con sumas de dinero, justamente a entregué, cobré, pagué y todo lo que daba justamente a entender que los préstamos después se cobraban el doble. Por eso también la carátula de usura».
El hallazgo de la contabilidad clandestina y el peritaje técnico sobre el teléfono incautado resultaron determinantes para encuadrar la conducta bajo la figura penal de «usura agravada por habitualidad» y no como una transacción aislada. Las evidencias demostraron la existencia de un sistema crediticio desproporcionado y la utilización de múltiples líneas telefónicas para ejercer una presión sistemática sobre la víctima y su grupo familiar, configurando un escenario previo de sometimiento financiero que sirvió de contexto a la escalada de violencia física.
Esta reconstrucción del esquema económico clandestino proporcionó el marco situacional de la víctima, permitiendo a los investigadores volcar sus esfuerzos sobre las pruebas físicas y fílmicas recogidas en la escena del crimen para identificar al ejecutor del ataque.
La clave de las cámaras y la bicicleta roja
A través del relevamiento de registros de las cámaras Lince y de monitoreo de la zona, la Fiscalía y el personal policial lograron trazar la línea de tiempo sobre los movimientos del sospechoso durante la madrugada del sábado 26 de septiembre de 2026:
- 05:50 – 05:57 hs: El agresor arribó a la zona de Av. Abanderado Grandoli y Presidente Quintana procedente de la localidad de Villa Gobernador Gálvez. Se desplazaba a bordo de una bicicleta roja, vistiendo una campera azul con insignias del Club Atlético Rosario Central, pantalón gris, mochila y un casco de motocicleta color azul. Tras llegar a la intersección, encadenó la bicicleta a un poste sobre la vereda.
- 05:59 hs: El individuo caminó por la vereda oeste de Avenida Grandoli hasta el ingreso de la edificación donde residía la víctima. Inmediatamente antes de trasponer la puerta de acceso al inmueble, se colocó el casco de motocicleta en la cabeza.
- 05:59 – 06:11 hs: Durante una ventana temporal de apenas 12 minutos, el atacante ingresó al departamento del segundo piso y arremetió de forma desmedida contra Natalia Giménez. Le propinó golpes contundentes e incisiones con objetos punzantes y punzocortantes, provocándole graves traumatismos craneofaciales y heridas cortantes en el cuello con compromiso de estructuras vasculares e intracraneales, además de cortes defensivos en las manos. La agresión provocó un sufrimiento prolongado en la víctima mientras permanecía con vida, derivando en un shock hipovolémico por pérdida masiva de sangre.
- 06:11 – 06:12 hs: El agresor abandonó el departamento y la edificación portando el casco colocado, sin la campera azul del club deportivo y sujetando un objeto oscuro en la mano. Se dirigió hacia el poste donde había dejado el rodado, desató la bicicleta roja y emprendió la huida por calle Presidente Quintana hacia el oeste, retornando a su domicilio ubicado en calle Cervantes al 700 de Villa Gobernador Gálvez.
El 10 de octubre de 2026, tras dos semanas de análisis analógico y digital de las imágenes, la policía ejecutó un allanamiento en la finca de calle Cervantes al 700 de la vecina localidad. En el procedimiento se logró la aprehensión del imputado P.A. y el secuestro de la bicicleta roja, prendas de vestir, el casco y diversos elementos incriminatorios coincidentes con los registrados en el material fílmico.
El valor probatorio del seguimiento por cámaras fue crucial para sostener la acusación: demostró la premeditación del agresor al ocultar su rostro con el casco antes de ingresar, permitió acotar la ejecución del crimen a una franja imprevista para la víctima de solo 12 minutos y aportó los elementos de convicción necesarios para fundamentar las agravantes de alevosía y ensañamiento solicitadas por el MPA.
Con la identificación del sospechoso que figuraba en las filmaciones, la causa dio un giro decisivo al revelarse la identidad del imputado y su vínculo de cercanía con la víctima.
Parentesco y la hipótesis de la conexión
El trabajo conjunto entre la Unidad de Violencias Altamente Lesivas del MPA y el área de Trata y Femicidios de la Policía de Investigaciones (PDI) permitió establecer, tras la irrupción en el domicilio de Villa Gobernador Gálvez, que el imputado P.A. era primo hermano de Natalia Giménez. La noticia causó conmoción en el entorno cercano, confirmándose mediante declaraciones testimoniales que, si bien en el pasado existía una relación frecuente, en los últimos dos meses la víctima le había pedido expresamente a sus hijos que le dijeran a su padre que impidiera que su primo se acercara a la vivienda, por motivos que hasta el momento se desconocen.
Respecto al descubrimiento del lazo familiar y el estado actual de la teoría del caso, la fiscal Paula Barros explicó que «el vínculo con el primo lo conocimos posterior al allanamiento. Hasta el momento la persona que estaba indicada como el autor material del homicidio, esta persona buscada por el Lince y por nosotros… toda esta investigación fue con también el área de trata y femicidios de Policía de Investigaciones, que trabajamos de manera coordinada, conjunta y ardua en dos semanas. Esto fue en poco tiempo. Y en ese allanamiento es que conocemos el parentesco, que era el primo».
Consultada sobre si la agresión respondió a una orden impartida por la red de usura para saldar la deuda, la fiscal mantuvo una postura de estricta cautela técnica. «Aparentemente así inicia la investigación. Todavía no se descarta justamente que estén conectados tanto el primo como los prestamistas en este homicidio. Si fueron llevados a audiencia imputativa los tres porque justamente teníamos esta hipótesis inicial, pero no tenemos de las pericias por el momento un encargo real del homicidio entre los prestamistas y el primo» puntualizó Barros.
En este marco probatorio, el juez Federico Rebola encuadró la imputación contra P.A. bajo la figura de femicidio calificado, al entender que el ataque se produjo en el marco de una relación desigual de poder y en un claro contexto de violencia de género, donde el agresor hizo valer su condición de hombre para someter a la víctima en un estado de absoluta inferioridad y vulnerabilidad mediante un uso extremo de la fuerza física. La causa penal continúa su curso con los tres imputados bajo prisión preventiva, mientras la Fiscalía avanza en la extracción de datos informáticos y pericias telefónicas para determinar si existió una vinculación económica o un encargo previo entre la celda de la Unidad 6 y el autor material del crimen.

