El Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales (Incaa), mediante el Decreto N° 354/2022 de Presidencia de la Nación publicado en las últimas horas, fijó en un 50% la parte de la recaudación impositiva asignada al fondo de fomento que se destinará a atender el pago de los subsidios a la producción de películas nacionales.

Según la nueva norma, las películas sin Interés Especial podrán percibir el 70% del producido bruto de boletería, hasta alcanzar el costo de una película nacional de presupuesto medio. Mientras que las películas con Interés Especial, podrán solicitar el 100% del producido bruto de boletería, también hasta alcanzar el costo medio de una película nacional.

El decreto, que lleva la firma del presidente Alberto Fernández, del jefe de gabinete, Juan Manzur; y del ministro de Cultura de la Nación, Tristán Bauer; también establece que el 5% de cada uno de los subsidios que se liquide a las productoras de películas nacionales producidas a partir del 1 de septiembre de 2021 será destinado por el Incaa a la reinversión en la producción de nuevas películas, o en equipamiento industrial.

Los montos y topes máximos a percibir como suma total por subsidios se aplicarán a las películas nacionales cuyo estreno comercial haya sido posterior al 1 de septiembre de 2021.

Para alcanzar los montos máximos que se establecen en el decreto, se computarán aquellos subsidios que se perciban por exhibición en salas cinematográficas, más los que correspondan por la exhibición de la película por otras formas de exhibición, conforme la normativa dictada por el Incaa y sin superar en ningún caso el costo de la película reconocido por el organismo.