El Ministerio de Trabajo otorgó este lunes la personería gremial al Sindicato de Prensa de Buenos Aires (Sipreba) para «agrupar a los trabajadores en relación de dependencia con empleadores de la actividad de prensa que presten tareas comprendidas en el estatuto del periodista profesional», y excluyó de ese ámbito a la Unión de Trabajadores de Prensa de la ciudad de Buenos Aires (UTPBA).

A través de la resolución 21/2023 publicada este lunes en el Boletín Oficial, el Poder Ejecutivo dispuso otorgar al Sipreba la personería gremial para «agrupar a los trabajadores en relación de dependencia con empleadores de la actividad de prensa que presten tareas comprendidas en el estatuto del periodista profesional y en el estatuto de empleados administrativos de empresas periodísticas, con zona de actuación en todo el territorio que comprende la Ciudad Autónoma de Buenos Aires».

En el segundo artículo de la resolución, que lleva la firma de la ministra de Trabajo, Kelly Olmos, se «excluye del ámbito personal y territorial otorgado al peticionario, a la UTPBA, la que quedará como meramente inscripta respecto del ámbito otorgado al Sipreba».

El texto aclaró que «la personería gremial otorgada no desplazará en el colectivo asignado, las personerías gremiales de las asociaciones sindicales preexistentes del sector público».

En los considerandos, la resolución consignó que el «31 de octubre de 2022 se celebró en la sede de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (DNAS) una audiencia a fin de que el SIPREBA, la UTPBA, el Sindicato de Trabajadores de Prensa (SITRAPREN), UPCN y ATE efectúen el cotejo de representatividad y control mutuo que les asiste».

En esa audiencia, «la documentación aportada por la UTPBA no resultó apta para acreditar la afiliación cotizante de la entidad, pues los recibos acompañados no cumplen con los requisitos de forma y los legajos no permiten establecer si el afiliado revistió el carácter de ‘afiliado cotizante’, como exige la Ley Nº 23.551, durante el período objeto de compulsa».

Además, en esa oportunidad «quedó acreditado que la UTPBA no posee Libros de Registro de Afiliados ni Registro de Aportes de Afiliados rubricados, conforme lo exige expresamente el artículo 24 y la Resolución DNAS Nº 55/93, extremos estos que se encuentran plenamente corroborados con los informes elaborados por el Departamento de Administración Sindical de la DNAS».

La UTPBA, indicó el Ministerio de Trabajo, «no ha acreditado afiliados cotizantes ni su cantidad, de conformidad a lo que requiere el artículo 25 de la Ley N° 23.551».

El texto estableció que «en función de lo antedicho, sólo el SIPREBA acreditó afiliación cotizante respecto a los trabajadores en relación de dependencia con empleadores de la actividad de prensa que presten tareas comprendidas en el estatuto del periodista profesional y en el estatuto de empleados administrativos de empresas periodísticas».

En la resolución también se aclaró que, si bien la UTBA fue excluida, «conforme lo previsto por la Resolución N° 255 de fecha 22 de octubre de 2003 del Ministerio de Trabajo, no se produce desplazamiento alguno respecto del reconocimiento de la Personería Gremial de las entidades preexistentes en el ámbito del Sector Público SITRAPREN, UPCN y ATE».

Celebración

El secretario de Derechos Humanos del Sipreba, Diego Pietrafesa, celebró la definición del Ministerio de Trabajo y aseguró que «es fruto de una tarea gigante, colectiva, paciente, en unidad, reflejo de la realidad en más de 30 medios privados, públicos y autogestivos».

«Nos dicen que no. Que no vale la pena, que mejor resignarnos. Nos combaten, nos marginan, nos desprecian. Y nosotros respondemos con lo mejor que sabemos hacer: una sonrisa, más compromiso, más trabajo, más abrazos a las nuestras y los nuestros», añadió.

Y concluyó: «Cada caída, cada tropiezo, cada derrota, cada lágrima: eran y son todas semillas. Llegamos hasta aquí con el apoyo de otros trabajadores, creemos en esa forma de hacer sindicalismo. Más nos separan, más nos unimos. Nos espera un enorme desafío, intentaremos estar a la altura».