SáBADO, 18 DE JUL.

El Gobierno de Buenos Aires intimó a Mercado Libre: ¿qué supuestas violaciones a la ley le atribuyen?

La administración provincial inició una fiscalización de oficio y constató diversas cláusulas abusivas de los contratos. Si no son modificadas se puede llegar a aplicar una multa de hasta 1.815 millones de pesos.

 

El Gobierno de la provincia de Buenos Aires intimó esta semana, a través del Ministerio de Producción, Ciencia e Innovación Tecnológica, a la empresa Mercado Libre SRL por presuntas cláusulas abusivas en sus contratos de adhesión, una medida que podría llevar a una sanción de hasta 1.815 millones de pesos en caso de que la firma no las modifique.

La actuación se inició el miércoles, luego de una fiscalización de oficio realizada sobre los instrumentos contractuales publicados en el sitio oficial de la empresa, en donde se identificó una decena de cláusulas con presuntas infracciones a la Ley Nacional N° 24.240 de Defensa del Consumidor y la normativa complementaria.

Según el reporte publicado en la web oficial del Gobierno bonaerense, el análisis abarcó las condiciones generales de uso del ‘ecosistema MELI’, así como los términos y condiciones de préstamos personales y los concernientes a préstamos para compras y pagos de Mercado Pago.

“La fiscalización provincial fue iniciada de oficio, independientemente de la eventual existencia de denuncias individuales. En ese sentido, vale mencionar que Mercado Libre es la empresa con más reclamos en la Provincia: 2.396 denuncias individuales sólo en los primeros cuatro meses del año”, indicaron desde el Poder Ejecutivo de Buenos Aires.

La autoridad de aplicación constató que diversas cláusulas de los contratos presentarían abusividad en términos del artículo 37 de la Ley de Defensa del Consumidor, al consagrar un desequilibrio entre los derechos y obligaciones de las partes, en perjuicio de los consumidores.

“La empresa tiene la posibilidad de formular una propuesta de adecuación, modificación o supresión de las cláusulas observadas y en tal caso, el expediente culminaría. De lo contrario, la empresa puede ser sancionada con una multa de hasta $1.815.000.000. Ahora la empresa tiene un plazo de cinco días hábiles e improrrogables para presentar su descargo por escrito y acreditar personería y domicilio electrónico y físico en la ciudad de La Plata”, advirtió el Gobierno bonaerense.

En el portal web del Ejecutivo de Buenos Aires se enumera un listado de ítems de irregularidades advertidas por la Dirección de Defensa de las y los Consumidores -una lista que el diario Página12 amplió en base a consultas realizadas a funcionarios del área-.

Entre estas prácticas por fuera de la ley que constató el gobierno provincial bonaerense están:

*El contrato permite cobrar tarifas sin especificar montos ni condiciones, violando el derecho del consumidor a conocer el precio antes de contratar.

*La empresa modifica sus condiciones unilateralmente y las tiene por aceptadas con el solo uso de la plataforma, sin requerir consentimiento expreso.

*El contrato hace al usuario único responsable por fraudes o accesos no autorizados, como los hackeos, eximiendo a la empresa de su obligación legal de garantizar la seguridad del servicio.

*Mercado Libre puede tomar fondos de tu cuenta para saldar deudas de otros contratos, algo prohibido en las relaciones de consumo.

*El usuario queda obligado a cubrir cualquier reclamo contra Mercado Libre, incluso los que surjan por fallas del propio sistema.

*La empresa se exime de responsabilidad por fallas técnicas y encima le traslada al usuario la carga de probar que no realizó la operación.

*Mercado Pago puede descontar cuotas de préstamos de cuentas de terceros que defina como “relacionadas”, afectando a personas que nunca firmaron el contrato.

*La empresa puede exigir el pago total del préstamo basándose en su propio criterio subjetivo sobre un posible incumplimiento futuro.

*El contrato intenta liberar a Mercado Pago de toda responsabilidad por daños, cuando la seguridad de la plataforma es una obligación esencial e irrenunciable.

*Obliga a todos los usuarios del país a litigar en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, restringiendo ilegalmente el derecho del consumidor a reclamar en su propio domicilio.

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