La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (Anmat) prohibió la venta y comercialización de un «curry suave» por estar mal rotulado y en consecuencia fue declarado un producto ilegal.

A través de la Disposición 8566/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial, se dio a conocer una nueva prohibición de la Anmat.

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«Prohíbese la comercialización en todo el territorio nacional del producto ‘Curry Suave, RNE: 03000229, RNPA: 02-659802, Fracc.: Valles del Norte – Ba. P. M. Acevedo (Ctca), Procedencia: Argentina’, por carecer de registros de establecimiento y de producto, y estar falsamente rotulado por exhibir en el rotulo un número de RNE y RNPA inexistentes, resultando ser en consecuencia un producto ilegal», señala el texto oficial.

La investigación, según se detalla en el Boletín Oficial, comenzó luego de un reclamo de un consumidor ante el Departamento Vigilancia Sanitaria y Nutricional de los Alimentos del Instituto Nacional de Alimentos (INAL).

El consumidor, anónimo, presentó el reclamo debido a que dudó de la «genuinidad del producto», algo que luego confirmaron las autoridades sanitarias.