El juez federal de La Plata, Adolfo Ziuli, dio lugar a una medida cautelar de la Asociación Ajusa y le ordenó al Estado que se abstenga de suspender la vacunación contra el meningococo para los menores de 11 años de edad en la Provincia de Buenos Aires.

El Poder Ejecutivo había decidido suspender la dosis que integraba el plan nacional de vacunación a través de la Resolución N° 10/2015 del Ministerio de Salud de la Nación.

El magistrado hizo lugar a un pedido de la madre de una menor y la Asociación Civil AJUS La Plata-Ensenada, quienes realizaron una presentación judicial para garantizar la vacunación en forma gratuita.

La sentencia de Ziulu establece que el Estado deberá acceder a vacunar gratuitamente a la niña, facilitando los medios necesarios para hacerlo en un término no mayor a diez días.

El magistrado argumenta que “la vacunación ha sido pensada en nuestro ordenamiento como una herramienta importante de prevención, en donde el elemento de obligatoriedad se erige como pilar indispensable en miras de la salud pública”.

El gobierno había argumentado que «había dificultades y entrega desde su incorporación al Calendario Nacional de Vacunación», sin embargo el laboratorio salió al cruce de estas afirmaciones y desmintió al ex ministerio de Salud de la Nación.

De esta manera, la Resolución 10/2015 del desaparecido Ministerio de Salud de la Nación con respecto a la vacunación contra el meningococo para los menores de 11 años de edad de la Provincia de Buenos Aires debe suspenderse.

La Sociedad Argentina de Vacunología y Epidemiología emitió un comunicado en el que expresó su «preocupación» por la medida que había adoptado la autoridad ministerial.