Pusieron a WhatsApp en el banquillo por el uso comercial de datos personales
El Tribunal Supremo de la India cuestionó con dureza a Meta y WhatsApp por el uso comercial de datos personales y puso en duda la validez del consentimiento exigido a millones de usuarios. Advirtió que ningún negocio puede avanzar a costa de los derechos fundamentales.
- Info general
- Feb 6, 2026
El Tribunal Supremo de la India formuló severas advertencias a Meta Platforms y a su subsidiaria WhatsApp al analizar el uso comercial de los datos personales de los usuarios, en el marco de una causa por abuso de posición dominante. El máximo tribunal dejó en claro que el derecho fundamental a la privacidad no puede quedar subordinado a los intereses económicos de una corporación multinacional.
Las observaciones surgieron durante el tratamiento de las apelaciones presentadas por Meta y WhatsApp contra una sanción económica impuesta por la Competition Commission of India (CCI), ratificada posteriormente por el National Company Law Appellate Tribunal (NCLAT). Dicha resolución confirmó una multa de ₹2,13 mil millones de rupias indias, equivalente a unos 25,3 millones de dólares por prácticas anticompetitivas vinculadas a la política de privacidad implementada por WhatsApp en 2021.
En ese contexto, el Tribunal analizó la modalidad contractual conocida como “tómalo o déjalo”, mediante la cual los usuarios debían aceptar nuevas condiciones de intercambio de datos con Meta o, en su defecto, dejar de utilizar la aplicación.
Según se expuso en la audiencia, este esquema fue considerado incompatible con el principio de consentimiento libre e informado, requisito esencial para el tratamiento legítimo de datos personales.
Asimismo, el tribunal expresó especial preocupación por el uso de información privada con fines publicitarios. De acuerdo con distintos medios locales, el Chief Justice Kant fue categórico al afirmar que la Corte no permitirá el intercambio de datos si no existen salvaguardas suficientes y, además, deslizó la posibilidad de prohibirlo en caso de incumplimiento de la normativa india.
En la misma línea, el magistrado sostuvo que ningún emprendimiento comercial puede desarrollarse a costa de los derechos fundamentales de los ciudadanos y advirtió que, si la compañía no se adecua a las exigencias legales del país, debería incluso replantear su permanencia en el mercado indio.
La sanción que dio origen al proceso judicial se basó en una investigación de la CCI que concluyó que WhatsApp abusó de su posición dominante en el mercado de mensajería OTT. El organismo regulador determinó que la actualización de la política de privacidad obligó a los usuarios a aceptar una mayor compartición de datos con Meta, sin ofrecer una alternativa real.
Por otra parte, la justicia puso el foco en el impacto de estas prácticas sobre sectores vulnerables de la población. Durante la audiencia se mencionó que usuarios de zonas remotas o con bajo nivel de alfabetización digital podrían desconocer el verdadero alcance del uso de sus datos personales.
En representación de Meta y WhatsApp, el abogado Mukul Rohatgi argumentó que los mensajes están protegidos por cifrado de extremo a extremo, lo que impide a la empresa acceder al contenido de las conversaciones. En ese sentido, aseguró que la política de privacidad cuestionada no habilita el uso de los chats para publicidad dirigida.
Además, informó que la empresa ya depositó el monto total de la multa, aunque aclaró que el pago quedó sujeto al resultado de las apelaciones en curso. Asimismo, el tribunal ordenó que esos fondos permanezcan inmovilizados hasta que se emitan nuevas directrices.
Cabe recordar que cuestionamientos similares se produjeron en otros países. En Argentina, por ejemplo, la Dirección Nacional de Defensa del Consumidor y Arbitraje del Consumo multó en 2022 a Facebook con cinco millones de pesos por incluir cláusulas en sus “Términos de uso” y “Política de privacidad” que no cumplían con el deber de brindar información cierta, clara y detallada a los usuarios

