JUEVES, 04 DE JUN.

Clausuraron un local comercial en zona sudoeste tras hallar 30 garrafas sin medidas de seguridad ni habilitación

El operativo fue realizado por las direcciones de Inspección de Comercio, Industria y Servicios; Control urbano y la Policía, quienes llegaron al lugar tras la denuncia de vecinos.

 

Agentes de Control municipales clausuraron un local de distribución mayorista de bebidas y alimentos no perecederos tras hallar en el lugar unas 30 garrafas sin ningún tipo de medidas y condiciones de seguridad ni habilitación vigente. El hecho sucedió en el barrio Triángulo.

El operativo fue realizado por las direcciones de Inspección de Comercio, Industria y Servicios; Control urbano y la Policía, quienes llegaron al lugar tras la denuncia de vecinos.

Allí hallaron 30 garrafas que estaban alojadas en el interior del inmueble sin ningún tipo de medidas de seguridad e higiene y junto a otros tipos de materiales (en algunos casos muy inflamables) como plástico, cartón, carbón y madera.

Además, el comercio no contaba con ningún tipo de habilitación vigente. En el marco de la intervención se instó al titular del negocio a retirar las garrafas. Y tras eso se procedió a la clausura.

 

«Este tipo de situaciones son inadmisibles. Y representan un gran riesgo, no solo para el propio comercio, sino también para el entorno. Pudimos actuar rápido y evitar posibles o potenciales situaciones graves que pudieran darse. Más allá de los controles de rutina que hacemos, es importante también que los vecinos denuncien cuando observan estas situaciones», destacó el secretario de Control, Diego Herrera.

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Vale recordar que es la Ordenanza Municipal N.º 409/88 la que regula la venta minorista de gas envasado (GLP) en Rosario. Establece que los comercios deben estar habilitados, inscritos ante la Municipalidad y cumplir con estrictas normas de seguridad.

Entre los requisitos, se incluye el uso de envases aprobados, un límite máximo de quince garrafas por local, su correcta disposición (en forma vertical y separadas), y la obligatoriedad de contar con matafuegos, cartelería de advertencia y señalización. También se prohíbe su instalación a menos de 50 metros de escuelas, hospitales o espacios con gran concurrencia.

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