La Municipalidad de Rosario implementará el juicio por jurados vecinales, iniciativa que forma parte del nuevo Código de Convivencia, que rige en la ciudad desde agosto del año pasado. Se trata de una herramienta para que sean los ciudadanos de la ciudad quienes juzguen infracciones que provoquen graves daños al patrimonio, al ambiente y otras relacionadas con el tránsito, entre otras. Se prevé que comience a funcionar antes de la finalización de 2023.

Los interesados en inscribirse deberán ingresar a rosario.gob.ar. Cabe remarcar que deben tener perfil digital con identidad verificada y cumplir una serie de requisitos básicos, entre ellos ser mayor de 21 años y residir en la ciudad de Rosario. Para consultas y mayor información, enviar mail a: [email protected]

La capacitación se llevó a cabo el 19 de mayo en el Cidel (Centro de Innovación y Desarrollo Local) para funcionarios municipales. La misma estuvo a cargo de Aldana Romano, directora ejecutiva de Inecip (Instituto de Estudios Comparados en Ciencias Penales y Sociales). Durante el encuentro se dieron detalles de la implementación del juicio por jurados vecinales.

Cabe aclarar que Rosario es una de las tres primeras ciudades del país en tener esta herramienta para que sean los propios vecinos quienes decidan que sanción aplicar ante graves afectaciones a la convivencia, que provoquen daños a la salud, al ambiente o a los servicios públicos. Las otras dos ciudades son San Patricio de Chañar (Neuquén) y Mendoza.

Al respecto, sobre el juicio por jurados vecinales forma parte del nuevo Código de Convivencia, que fue presentado a principios de 2021 por el intendente Pablo Javkin para su tratamiento, discusión y aprobación en el Concejo Municipal. Entre otras cosas, apunta a que sean los propios ciudadanos quienes pueden ejercer un nuevo derecho.

Según se indica en el Código de Convivencia, «a petición del procurador de faltas, o con su anuencia cuando fuera requerido por la persona presuntamente infractora, el Juzgado a cargo de la causa podrá determinar que el juzgamiento lo lleve a cabo un jurado vecinal».

El jurado vecinal estará compuesto por cinco miembros y apunta a que sean los propios ciudadanos quienes pueden ejercer un nuevo derecho. Además, deberá contemplar diversidad etaria, de género y cultural. Cabe aclarar que, en caso que el Juzgado lo estime conveniente, la cantidad de jurados podrá aumentar hasta a siete. El registro de postulantes es voluntario.

Requisitos

Para poder inscribirse en el registro de jurados, los interesados tienen que:

  • Tener 21 años o más
  • Gozar del pleno ejercicio de los derechos ciudadanos.
  • Saber leer y escribir.
  • Residir en la ciudad de Rosario.
  • No ser agente de la planta de personal permanente, transitorio o personal contratado o funcionario del Estado Municipal.
  • No poseer deudas alimentarias, ni condena por violencia de género.
  • No haber sido condenado por delitos dolosos a una pena privativa de la libertad o inhabilitación absoluta o especial para ejercer cargos públicos, o por crímenes de lesa humanidad.
  • Cabe aclarar que el municipio se hará cargo de los trámites relacionados con certificados de antecedentes penales, deudas alimentarias y/o condenas.

El jurado vecinal será el encargado de entregar al Juzgado de Faltas un veredicto que declare la inocencia o culpabilidad de la persona presuntamente infractora. Además, podrá formular –junto con su veredicto– una propuesta de sentencia, que el juzgado podrá admitir y homologar sin más fundamento que la verificación de su conformidad con las normas legales aplicables al caso y la equidad.

Cabe agregar, que el nuevo Código de Convivencia fue presentado a fines de marzo de 2021 por el intendente Pablo Javkin. La normativa, que reemplazó al Código de Faltas, fue debatida y votada en noviembre de ese año por unanimidad por el Concejo Municipal. Comenzó a regir el primero de agosto de 2022, luego de un plazo de 180 días hábiles, previsto al momento de su votación.