La lucha de los trabajadores en argentina por conseguir mejores condiciones laborales y mayores derechos para evitar la explotación y conseguir el respeto a la dignidad del trabajador data de tiempos remotos e implicó impetuosas luchas.

La primera ley que se refiere específicamente al trabajo se origina en un proyecto de autoría del doctor Joaquín V. Gonzalez, e impulsada legislativamente por el primer diputado socialista de América, Alfredo Palacios.
Esta ley identificada con el número 4661, fue sancionada el 31 de agosto de 1905, y entró en vigencia el 16 de septiembre de ese mismo año, extendiéndose posteriormente por Ley 9104 a los que en ese entonces se denominaban territorios nacionales.

Esta primera norma que establecía el descanso dominical en la capital de la República y su extensión a todo el país, se concretó tiempo más tarde, mediante la promulgación de las correspondientes leyes provinciales, que declaraban obligatorio su cumplimiento o reproducían su texto, casi sin modificaciones. Por otra parte, el derecho a un descanso se encuentra reconocido en la Constitución Nacional, cuyo artículo14 bis, al ocuparse de la protección del trabajo en sus diversas formas, asegura a los trabajadores condiciones dignas y equitativas de labor, jornadas limitadas, descanso y vacaciones pagas, retribución justa, salario mínimo, vital y móvil, entre otros.

El derecho al trabajo recibiría un fuerte impulso en la década del 40, como herramienta de transformación social, a la vez que sus normas fueron instrumento de una política de redistribución de la renta a favor del sector asalariado. Los derechos sociales toman fuerza en la legislación de Argentina a partir del rol activo del Estado como motor y regulador de la economía.

Las profundas transformaciones que sacudieron al país en los últimos años como consecuencia de las políticas neoliberales, reconfiguraron completamente las bases de la sociedad. Este proceso siguió su curso en los años setenta con la dictadura militar más sangrienta de la historia Argentina, generando la precariedad, el empobrecimiento, la vulnerabilidad y la exclusión social. Estas políticas se profundizaron en la década del noventa.

El sistema de relaciones laborales definido por la intervención estatal en el mercado de trabajo sufrió en esta etapa modificaciones legislativas en sus principales características. El “Consenso de Whashington” impuso un conjunto de reformas en la legislación laboral y en el sistema de seguridad social con el falso argumento de que los problemas del mercado de trabajo eran producidos por la acción de una rígida acción combinada de una rígida legislación laboral y de costos laborales muy altos.

Fue de esta manera que llegó a implementarse la flexibilización laboral que implicó la perdida de muchos de los derechos laborales, entre ellos el descanso dominical, conseguidos con denodadas luchas obreras a lo largo de la historia.

En la década del noventa con la sanción del decreto 2284/91 de desregulación económica se favoreció el proceso de concentración y predominio económico de las grandes empresas del rubro comercio y servicios. A partir de allí, la ley del descanso dominical que hasta ese momento había sido respetada, pasó a ser letra muerta en la ley Argentina.

De esta forma y en función de la ambición de lucro de los grupos económicos que operaron en el país se avasalló el derecho al descanso dominical y por consiguiente se perdieron los momentos dedicados a compartir en familia.

En consecuencia, la Asociación Empleados de Comercio de Rosario presentó un proyecto de ley que tiene como principal objetivo privilegiar el descanso dominical y mantener la prohibición de ocupación de los trabajadores desde las 13 del día sábado hasta las 24 del domingo.

La propuesta incluye la modificación de la Ley de Contrato de Trabajo vigente en cuanto a la claridad en la redacción donde explica que el descanso dominical debe regir desde las 13 del sábado hasta las 24 del domingo y si existe excepción a gozar de dicho franco, el trabajo prestado debe remunerarse con el cien por ciento de recargo con independencia de que el franco compensatorio sea o no gozado.

El proyecto de ley obtuvo media sanción en Diputados entre septiembre y octubre de 2013, con algunas modificaciones llegó a Senadores en la jornada de ayer donde fue aprobado por unanimidad. Por lo tanto vuelve el nuevo texto a Diputados para ser tratado nuevamente.

Las modificaciones fueron incorporadas al artículo 4 que especifica que quedan excluidos de la limitación los establecimientos comerciales que sean atendidos por sus dueños y que no superen los 120 metros cuadrados de superficie.

El texto también establece formas para que los supermercados puedan abrir los domingos pero recurriendo a pasantes. Tampoco prohíbe a shoppings abrir los domingo si contratan altas de primer empleo, convenios de pasantías y de programas de promoción de empleo.

La aprobación de la ley se encuentra ahora en Diputados pero para su plena vigencia, en el caso de ser aprobada, deberá tener el aval municipal.