Sigue el conflicto. El pasado viernes los electos Raúl Gómez Alonso y Verónica Minnicino, como decano y vicedecana respectivamente, de la facultad de Psicología, presentaron un recurso de revisión de lo votado en Consejo Superior, que anuló las elecciones a partir de un reclamo de la lista opositora que denunció irregularidades en el proceso eleccionario.

No obstante, la revisión “no ha sido reconsiderada por la UNR” por lo que esta mañana el reclamo fue presentado ante la Justicia Federal -Entre Ríos al 400-. Concretamente piden una medida cautelar y que se evalúe si el proceso eleccionario estuvo mal dentro de la normativa vigente de la UNR.

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“Buscamos una solución institucional ante este conflicto generado por un sector, que habiendo perdido las elecciones y recurriendo a una votación arbitraria y meramente política en el Consejo Superior para anular nuestra legítima elección, no nos deja otra alternativa que ésta”, explicó a Conclusión Gómez Alonso.

En ese sentido, volvió a defender el proceder que se ha llevado a cabo durante la elección. “El proceso eleccionario se hizo siguiendo la normativa que establece la Universidad Nacional de Rosario (UNR)”.

En forma detalla, contó que cuando se hizo la asamblea electoral él lincenció como consejero en la sesión y asumió el consejero suplente. “Abrí la sesión para elección de autoridades, licencié a mi cargo como consejero y asumió el consejero suplente”, precisó.

La asamblea para elección de autoridades fue el pasado 22 de abril, y se hizo en esa fecha porque según explicó Gómez Alonso “fue el último día porque el estatuto de la universidad establece que las elecciones de decano y vicedecano deben hacerse entre el tercer jueves y el cuarto lunes del mes de abril, así como dice también que cuando se hace la convocatoria y no hay quorum en el primer llamado, hay que hacer un segundo llamado y un tercer llamado. Si en el tercer llamado no hay quorum, se sesiona con los consejeros presentes. Esta fue nuestra situación”, destacó.

“La oposición cuestiona que entre el primero y segundo llamado debería haber 48 horas de diferencia y sacan esa conclusión del estatuto de funcionamiento de nuestro consejo directivo”, señaló y aclaró: “Pero ese reglamento no regula las sesiones especiales que son las de elección de autoridades que están reguladas por el estatuto de la universidad”.

“El reglamento del consejo interno opera para las sesiones ordinarias y extraordinarias, no para las especiales. Las 48 horas que reclama la oposición no entendemos porqué las está reclamando”, reflexionó.

Así las cosas, ahora el caso dependerá de los tiempos de la Justicia.