Por Alejandro Maidana

Cuando se habla sobre democracia ambiental, se hace referencia a tres ejes, la información pública ambiental, la participación ciudadana y el acceso a la justicia. Al analizar cada unos de estos, es imposible no vincularlo con los otros dos, pero el eje de la información pública ambiental es el más importante de los tres, ya que, si no se garantiza este derecho, es imposible ejercer los restantes.

Ahora bien, la consagración de este grupo de derechos ha tenido una larga historia a nivel nacional e internacional, y hoy debe ser garantizado en el plano local. El logro de una democracia ambiental es un gran desafío a corto plazo para los órganos estatales, y contribuir a esto es a lo que apunta el trabajo del Taller Ecologista de Rosario.

El Estado en todos sus niveles debe implementar las herramientas para lograr el efectivo cumplimiento de estos derechos, agilizar procesos, y generar sistemas de información, participación y educación ambiental. La provincia de Santa Fe tiene un largo camino por recorrer para lograr un cambio de paradigma en los órganos estatales, que rehúsan entregar la información ambiental, como así también para promover y fomentar la participación ciudadana en todos los ámbitos posibles.

Estos derechos democráticos están ampliamente garantizados en la normativa nacional e internacional vigente en nuestro país. En el plano internacional se encuentran reconocidos en la Declaración de Río sobre el Medio Ambiente y el Desarrollo, el Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Permanentes, y el Acuerdo Regional sobre el Acceso a al Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe, conocido como el Acuerdo de Escazú, que es tal vez el mas importante en la región y cuenta con varios artículos sobre la Democracia Ambiental.

A nivel nacional, el Congreso los ha reconocido y garantizado. Desde 1994, nuestra Constitución Nacional incluyó la conocida cláusula ambiental en su artículo 41: “Todos los habitantes de este país tienen derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo (…) Las autoridades proveerán a la protección de este derecho (…) y a la información y educaciones ambientales.

Posteriormente la Ley General del Ambiente n° 25.675 incluye en sus instrumentos de política y gestión ambiental la información ambiental, y por la importancia que reviste el tema, se ha dictado una Ley de Presupuestos Mínimo de Accesos a la Información Pública Ambiental n° 25.831 donde se establece el modo, el plazo y las sanciones para acceder a dicha información. Como complemento a las leyes de presupuestos mínimos, reglado en la Constitución Nacional, las provincias y los municipios pueden dictar normas complementarias al respecto, que nunca pueden ser mas restrictivas en derechos.

Taller Ecologista y un informe que busca más democracia ambiental

“Este trabajo trata sobre la democracia ambiental en la provincia de Santa Fe, con relación al acceso a la información pública ambiental. Describimos el marco normativo nacional e internacional que garantiza este derecho democrático, analizamos los distintos modos de solicitar esta información y los conflictos existentes a la hora de ejercer estos derechos. También planteamos recomendaciones para concretarla, como la digitalización de la información y las sanciones”, señaló Florencia Sívori, abogada de la organización, quien estuvo a cargo de su elaboración.

El informe nos permite conocer la calidad del acceso a la información pública en la provincia por parte de los y las ciudadanas, se informa sobre la legislación vigente en torno al tema y los nuevos derechos, como la democracia ambiental, que nos otorga el Acuerdo de Escazú, ratificado por Argentina en 2021

El Acuerdo de Escazú tendrá su segunda reunión de la Conferencia de las Partes (COP) en Buenos Aires, entre el 19 y 21 de abril próximos. De cara a dicho encuentro, del que Taller Ecologista ya participa de las reuniones preparatorias, se dará a conocer el informe sobre la situación del acceso a la información pública ambiental en la provincia de Santa Fe.

“El informe nos permite conocer la calidad del acceso a la información pública en la provincia por parte de los y las ciudadanas, se informa sobre la legislación vigente en torno al tema y los nuevos derechos, como la democracia ambiental, que nos otorga el Acuerdo de Escazú, ratificado por Argentina en 2021”, agregó Sívori.

Un análisis de la propia documentación generada por Taller Ecologista permitió hacer una rápida evaluación estadística del cumplimiento de la legislación sobre el acceso a la información pública. “A través de este trabajo pretendemos que se tomen medidas urgentes en la provincia para que se implementen todos los derechos emanados del Acuerdo de Escazú”, completó la abogada y docente de la UNR.

Sobre el Acuerdo de Escazú

El Acuerdo Regional sobre el Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia en Asuntos Ambientales en América Latina y el Caribe (Acuerdo de Escazú), fue adoptado en Escazú, Costa Rica, el 4 de marzo de 2018 y entró en vigor el 22 de abril de 2021.

Escazú es un acuerdo ambiental clave para fortalecer el derecho de Acceso a la Información, la Participación Pública y el Acceso a la Justicia Ambiental en nuestro continente. Allí se vinculan derechos humanos y del ambiente. Es el primero en incluir la protección de los Defensores del Ambiente. Dicho Acuerdo constituye un llamado a rever el compromiso de las instituciones y de los poderes del Estado en las cuestiones ambientales, en el camino de lograr que se plasme en la realidad lo allí establecido.

El informe completo se puede ver en la página del Taller Ecologista