Más de 40 instituciones de Rosario y la región, entre las que se destacan las principales casas de estudio y los clubes de mayor envergadura del territorio rosarino, firmaron este jueves un acto compromiso contra la violencia de género en entornos digitales. La medida fue impulsada por la Defensoría del Pueblo de la provincia de Santa Fe, que adelantó la realización de capacitaciones específicas para abordar conjuntamente esta problemática.

Entre las instituciones firmantes estuvieron la Universidad Nacional de Rosario (UNR), los clubes Newell’s Old Boys y Rosario Central, y distintas dependencias de la Municipalidad local, entre muchas otras.

«Es una propuesta que pedimos prestada de la Defensoría de la Ciudad de Buenos Aires. Ellos iniciaron una carta compromiso con diez puntos a trabajar la problemática. Para nosotros era más fácil decir ‘bueno, adherimos a la de ellos’, pero quisimos trabajar esa carta compromiso con instituciones locales de la provincia para que conozcan en el territorio cuál es la problemática que, si bien es similar en todos lados, tiene su propia idiosincrasia en nuestra provincia», contó este jueves la titular de la responsable de ciberseguridad de la Defensoría del Pueblo, Soledad Martínez, en declaraciones a Conclusión.

Y adelantó: «Esta firma ya se hizo en las ciudades de Santa Fe, Esperanza y Rafaela. Vamos a seguir haciéndolo a lo largo de toda la provincia. Luego tendremos una capacitación interna en las instituciones que adhieran, que va a ser en octubre, donde pondremos en claro el concepto de violencia de género digital, analizaremos algunos casos prácticos, y después sí haremos una mesa de trabajo para proponer iniciativas en una labor en red con instituciones».

Al momento de poner ejemplos de casos de violencia de género digital, Martínez nombró la difusión no consentida de imágenes con contenido sexual y la suplantación de identidad digital.

La firma del acta compromiso se realizó en el marco del cumplimiento de la Ley 26.485 de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

Según la normativa citada, «se entiende por violencia contra las mujeres toda conducta, acción u omisión que de manera directa o indirecta, tanto en el ámbito público como en el privado, basada en una relación desigual de poder, afecte su vida, libertad, dignidad, integridad física, psicológica, sexual, económica o patrimonial, como así también su seguridad personal».

«Quedan -añade- comprendidas las perpetradas desde el Estado o por sus agentes. Se considera violencia indirecta, a los efectos de la presente ley, toda conducta, acción u omisión, disposición, criterio o práctica discriminatoria que ponga a la mujer en desventaja con respecto al varón”.

Los 10 puntos que contempla el compromiso firmado:

  1. Aunar esfuerzos y trabajar de manera coordinada en la promoción de un entorno digital respetuoso de los derechos humanos, libre de violencia y discriminación por razones de género.
  2. Desplegar acciones conjuntas de sensibilización, concientización y capacitación que adviertan sobre las características y consecuencias de la violencia de género digital.
  3. Promover la educación en materia de ciberseguridad ciudadana con lenguaje claro y accesible.
  4. Informar de manera sencilla sobre lugares y procedimientos de denuncia.
  5. Realizar estudios e investigaciones que contribuyan a desnaturalizar esta problemática y favorezcan una comprensión integral e interseccional de la misma, asociada a un contexto sistémico de desigualdad de género.
  6. Aportar a la construcción de datos estadísticos oficiales sobre violencia de género digital.
  7. Promover la inclusión de la protección de los datos personales en el diseño de políticas de responsabilidad social, que se opongan de manera categórica a cualquier conducta o práctica que implique discriminación o violencia de género en el entorno digital.
  8. Acompañar procesos de reforma normativa que tengan por objeto tipificar como delito y reconocer explícitamente a la violencia de género digital entre las modalidades comprendidas dentro de la ley de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres.
  9. Fomentar la elaboración e implementación de políticas públicas de prevención y sanción de la violencia de género digital que establezcan dispositivos efectivos de protección administrativa y judicial, e impulsar la cooperación nacional, regional, e internacional con organismos especializados en la protección de derechos.
  10. Incorporar en cada una tales medidas, la perspectiva de género, diversidad y derechos.