Nueva campaña de adopción: se abrió la última inscripción del año para aspirantes a guarda adoptiva
Comienza este miércoles 10 de diciembre y habrá tiempo hasta el 20 de manera on-line. Solo se deberá completar el formulario correspondiente y adjuntar la documentación solicitada.
- Ciudad
- Dic 10, 2025
El Registro Único de Aspirantes para Guarda Adoptiva (Ruaga) abrió su última inscripción del año, que podrá realizarse deste este 10 de diciembre al 20 del mismo mes de manera online. Para anotarse, las personas interesadas deberán completar el formulario correspondiente y adjuntar la documentación solicitada.
Este trámite permite a las personas residentes en la provincia de Santa Fe, que pretendan adoptar niñas, niños y adolescentes, inscribirse en el Registro Único Provincial de Aspirantes a Guarda con fines Adoptivos.
El mismo inicia con la presentación del Formulario F1, que debe enviarse a los correos electrónicos del registro publicados en el sitio web oficial de la provincia (Santa Fe: [email protected]
Rosario: [email protected]). Una vez recibido, los postulantes obtendrán una confirmación por correo, junto con la fecha y modalidad de los talleres informativos obligatorios.
Tras participar de esos encuentros, deberán presentar el Formulario F2 y la documentación requerida. Para consultas, está disponible el número 3426400454 de lunes a viernes de 8 a 13 horas.
Vale aclarar que el trámite no exige intervención de un abogado y es gratuito.
En tanto, los requisitos son los siguientes:
-DNI, original y copia.
-Certificado/s del Registro Deudores Alimentarios Morosos.
-Certificado/s de Antecedentes Penales.
-Datos de nacimiento de los hijos.
*No será necesario presentar las actas si el nacimiento está inscripto en la provincia de Santa Fe.
Para la acreditación del estado civil, según corresponda:
-Datos del matrimonio.
*No será necesario presentar las actas si está inscripto en la provincia de Santa Fe.
-Datos de defunción del cónyuge.
*No será necesario presentar las actas si está inscripta en la provincia de Santa Fe.
-Sentencia de declaración de ausencia con presunción de fallecimiento o desaparición forzada del cónyuge.
-Sentencia de Declaración de Incapacidad o Capacidad Restringida del cónyuge/conviviente.
-Inscripción de Unión Convivencial.
*No será necesario presentar las actas si están inscriptos en la provincia de Santa Fe.
-Documentos probatorios de la Unión Convivencial.
-Documentos probatorios de la separación de hecho de los cónyuges.
Para solicitantes extranjeros:
acreditación de residencia en el país por más de cinco (5) años.
Para la realización del trámite es necesario tener una edad mínima de 25 años, excepto que el cónyuge o conviviente cumpla con este requisito.

