La Justicia Federal de Campana dispuso el procesamiento y trabó embargo por 5 millones de pesos al dirigente sindical del complejo atómico de Atucha, Néstor Damián Straschenco, al considerarlo responsable del delito de sustracción de material radiactivo y sabotaje en la causa en que se investigó su denuncia por supuesto envenenamiento con material radiactivo.

Fuentes judiciales informaron que la medida fue dispuesta por el juez federal Adrián González Charvay en un fallo en el que también dictó el procesamiento y embargo por 4 millones de pesos de Ramón Horacio Almirón, químico de la Central Nuclear Atucha I, por considerarlo de los mismos delitos imputados a Straschenco.

En mayo del año pasado, el dirigente gremial de Atucha denunció haber sido envenenado mediante una botella de agua que utilizaba habitualmente en su oficina gremial, con niveles de radiación superiores a los que admiten los protocolos de seguridad para cinco años de exposición, en un caso sin precedentes registrado en el complejo nuclear.

Straschenco, secretario adjunto del Sindicato de Luz y Fuerza de Zárate, había denunciado que había recibido 132 milisieverts, una unidad que mide dosis radiactivas, en circunstancias por entonces no claras ocurridas en el interior de la planta que opera la empresa Nucleoeléctrica Argentina Sociedad Anónima (NASA).

Según la Autoridad Regulatoria Nuclear (ARN), un trabajador de las centrales atómicas que funcionan en el país (Atucha I, Atucha II y Embalse) no puede superar los 20 milisieverts en todo un año y los 100 milisieverts en un quinquenio» sin poner en grave riesgo su salud.

Como resultado de la investigación dispuesta, el juez González Charvay afirmó en su fallo de 144 páginas que se encuentra «debidamente acreditado» que Straschenco y Almirón «sustrajeron material radiactivo o sustancias nucleares, específicamente agua producto del proceso del agua pesada en su paso por el núcleo del reactor nuclear».

«Dicha agua fue ingerida luego por el nombrado Straschenco con el fin de activar las alarmas de los sistemas de seguridad de las Centrales Nucleares Atucha I y II y evidenciar la vulnerabilidad de los mismos, para con ello demostrar las fallas de seguridad, en momentos en que se estarían llevando a cabo tratativas para la conformación de las Plantas Nucleares Atucha III y IV», explicitó el magistrado.

Para el magistrado, la conducta de los dos imputados «contribuyó con la desorganización en forma temporal de las instalaciones de las Plantas Nucleares Central Atucha I y II, lo que conllevó al deterioro de la imagen de dicha institución, perturbándose de esta forma no sólo el normal funcionamiento de la Planta sino el desarrollo industrial y científico de la Nación».

En su denuncia original, Straschenco aseveró que «alguien le contaminó la botella personal en la que tomaba agua para con esos elementos provocarle un daño grave que le podrían generar un cáncer u otras enfermedades».

Cuando se le preguntó el dirigente sindical sobre las posibles razones del acto del que era víctima, el ahora imputado indicó que «poseía un conflicto con NASA a raíz de una denuncia efectuada por su empleador, que solicitó su desafuero a raíz de un sumario acusándolo de haber incumplido algunos procedimientos y de robar», causa en la que entendía el mismo juzgado federal.

Al abordar la acusación de sabotaje, el juez afirmó que al ingerir el agua con material radiactivo «que en connivencia con el químico Almirón sustrajeron del reactor nuclear, Straschenco se aseguró no sólo que su salud no correría ningún riesgo sino que con la concreción de estos hechos materiales desplegados, desorganizarían y deteriorarían la imagen de la Central Nuclear Atucha I y II.

Para el juez, el propósito de los acusados fue «hacer una demostración pública de la vulnerabilidad del sistema de seguridad de la Planta, poniendo no sólo en riesgo la continuidad de la misma sino también perturbando e impidiendo el desarrollo científico e industrial de la Nación».