Un hombre de 39 años identificado como José Hernán Abalos fue condenado a 18 años de prisión efectiva por abusar sexualmente de la hija –menor de edad– de su pareja en 2015 y por el robo a una mujer cometido en julio de 2016. Asimismo, se lo declaró reincidente por primera vez, tal como solicitó el fiscal que investigó ambos delitos, Martín Castellano.

La pena fue resuelta por unanimidad por el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Hugo Tallarico (presidente) y Cristina Fortunato, y por el abogado de la matrícula Nicolás Rogiani (que fue sorteado conjuez) en el marco de un juicio oral y público que finalizó hoy en Rafaela.

La calificación legal por la que se resolvió la condena de Abalos fue la de autor penalmente responsable del delito de abuso sexual agravado (por haber mediado acceso carnal y por haberse cometido contra una menor de 18 años aprovechando la situación de convivencia con la víctima, en forma reiterada) y robo simple (ocurrido en 2016). El funcionario del MPA había solicitado que se lo condene a 20 años de prisión efectiva por estos hechos, se unifique una pena del año 2009 con la que ya contaba Abalos y se lo declare reincidente. El juicio se desarrolló a lo largo de 11 jornadas de audiencias (por la mañana y la tarde), en donde se escucharon casi 60 testigos.

Entorno familiar

«En fechas cercanas al 11 de diciembre de 2015, Abalos cometió actos abusivos de la integridad sexual de una menor de edad, hija de su pareja, valiéndose de la relación de convivencia preexistente con la niña y con su madre”, detalló Castellano. El funcionario del MPA hizo hincapié en que “este caso se dio en un contexto social, familiar y personal que allanó el camino y permitió al imputado cometer los abusos contra la hija de su pareja».

El fiscal agregó que «ese contexto por demás complejo, de extrema vulnerabilidad y traumático creó un marco de actuación propicio para que Abalos, valiéndose de ese escenario, asuma el desarrollo de ese tipo de conductas abusivas contra la menor».

Castellano consideró que «Abalos aprovechó su posición (como pareja de la madre de la niña), de compartir la residencia y por supuesto de la minoridad de la víctima, para concretar los actos abusivos de índole sexual por los cuales fue condenado». Además, afirmó que «estos hechos se cometieron en diversas oportunidades y, como se pudo comprobar durante el debate, en los horarios en que la madre de la víctima (y pareja del condenado) salía a trabajar», resaltó el fiscal.

Otros hechos y reincidencia

El segundo hecho por el que Abalos fue juzgado ocurrió el viernes 8 de julio de 2016, también en Rafaela. «El imputado abordó de manera intimidante a una mujer que caminaba por la ciclovía de dicha ciudad. Luego, se apoderó de manera ilegítima del celular mediante el ejercicio de violencia sobre la víctima para luego retirarse y ser aprehendido en las cercanías del lugar», detalló el funcionario del MPA.

Por último, Castellano destacó que “los jueces contemplaron lo que solicitamos en el alegato de apertura y declararon reincidente –por primera vez– al condenado , por lo cual quedaría en estado de libertad el 1° de marzo del año 2035”.