La primera audiencia oral y pública de apelación por las condenas del triple crimen de Villa Moreno se realizó el jueves en los Tribunales provinciales, mientras que en la jornada de este viernes las partes se volverán a juntar, en donde se escucharán los fundamentas de la fiscalía y la querella.

La cita del jueves fue precedida por los jueces de la Cámara de Apelación en lo Penal Adolfo Prunotto Laborde, Georgina De Petris y Daniel Acosta y en esta instancia las partes expusieron los agravios sobre el fallo de primera instancia.

Antes de comenzar el debate, la fiscal de Cámara María Eugenia Iribarren realizó un raconto de los hechos para poner al tanto a los magistrados sobre los detalles de la causa.

Luego del relato pormenorizado de los hechos, la fiscal expresó el agravio (perjuicio que el sujeto considera causado a su interés, en razón de atribuirle ilegalidad a la resolución impugnada) al punto 6 del fallo por la absolución de Daniel Delgado y Brian Sprío “por el delito de portación ilegal de arma de fuego de guerra por el beneficio de la duda razonable”.

En este punto la fiscalía disiente con el fallo por la falta de fundamentación suficiente o el fundamento no adecuado, ya que el tribunal da por probado que se utilizaron armas de fuego, “la ametralladora que portaba Sergio “El Quemado” Rodríguez  y que existieron otras cuatro armas y eso fue determinado por las vainas encontradas en el lugar” afirmó la fiscal Iribarren.

Por otra parte, existió el resultado muerte ya que hubo tres víctimas fatales por el ataque perpetrado en el club Oroño el 1 de enero de 2012 donde perdieron la vida Jeremías Trasante, Adrián Rodríguez y Claudio Suarez, militantes del Frente Popular Darío Santillán.

Además, la fiscal de Cámara afirma que existen pruebas suficientes ya que el tribunal de primera instancia consideró coautores a los imputados Delgado y Sprío y está probado que existieron más armas.

Por su parte la parte querellante, los abogados  Norberto Olivares, Jéssica Venturi y Federico Garat coincidieron en el agravio presentado por Fiscalía en relación a la absolución de Delgado y Sprío por el delito de portación de arma de fuego de guerra.

Más tarde llegó el turno de la defensa de presentar los agravios y al respecto se expresó en primer término el defensor Gabriel Navas para responder en primer lugar los agravios presentados por Fiscalía.

Al respecto expresó que “no existen pruebas en todo este vasto expediente que demuestre autoría de mis defendidos” por lo tanto solicitó que “se rechacen los argumentos de la Fiscalía y se confirme la absolución por el delito de portación de arma de fuego de guerra”, concluyó.

Por otra parte, Ignacio Carbone a cargo de la defensa de Mauricio Palavecino planteó varias nulidades por considerar que se violaron garantías de su defendido.

En primer lugar, Carbone consideró que es nula la declaración testimonial tomada a su representado y puntualmente cuestionó la forma en que fue incorporada al proceso ya que se hizo vía lectura y el contexto en el que se realizó.

En este punto aclaró que la declaración testimonial fue tomada luego de realizar un allanamiento en el domicilio y en ese momento se encontraba en calidad de testigo, luego fue imputado y condenado.

Sobre estas irregularidades la defensa no tuvo respuestas concretas por parte del Tribunal de primera instancia.

Otra nulidad presentada por Carbone refiere a la detención de Palavecino, quien primero fue detenido, sin que existiera en poder del personal policial que llevó adelante el procedimiento  orden de detención, según afirmó Carbone.

Por todas las irregularidades expuestas, el defensor de Palavecino, “rechaza el fallo en su totalidad en contra de su defendido y la testimonial, por considerar nulas todas las instancias posteriores que derivan del procedimiento que por no contar con una orden judicial es nulo”, afirmó el abogado.

Por otra parte, también consideró nulo el secuestro de la camioneta Kangoo blanca,del teléfono celular y la pericia realizada, ya que también se realizaron sin orden judicial, por lo tanto todo lo que derive de ello es nulo, expresó.

Otra nulidad presentada por el defensor se refirió a las pruebas incriminantes y detalló que las mismas son indiciarias y no arriban a un resultado concreto que vincule a su cliente con el caso, no está probado que Palavecino haya participado.

Por lo tanto, Carbone consideró que la pena interpuesta a  su defendido no tiene justificación ni fundamento y no tiene carácter resocializador.

Luego fue el turno del abogado de la defensa Adrián Martínez, que representa al imputado Sergio Rodríguez conocido como “El Quemado”. Su planteo apuntó a la nulidad de los testimonios brindados en el debate por los testigos Estela Maris Gómez, Ezequiel Villalba, Roció Villán, Roque Suárez, Jonathan Suárez, Alicia Quiroz, Verónica Rodríguez, María Sol Gómez y Martín Busanich, ya que las testimoniales fueron realizadas por fiscalía sin la debida notificación a la defensa.

Martínez consideró nula la introducción de las declaraciones Osuna, Palavecino y Rodríguez por entender que se tomaron antes que Pallavecino fuera imputado en el proceso.

Otro planteo de nulidad presentado por el defensor se refirió a la igualdad de armas, su fundamento expresó que no existió igualdad de armas de las partes ya que la defensa no tuvo acceso a parte de la prueba por decisión de la fiscalía y esta irregularidad afectó el derecho a defensa y el debido proceso.

Sobre la intervención de los teléfonos de su defendido refirió que viola derechos constitucionales ya que los mismos expresan que debe ser siempre una medida excepcional y debe estar fundada en un interés superior y ese pedido no fue fundamentado por la Fiscalía.

Carlos Varela, también defensor de Rodríguez, expresó que no hay prueba legal, no debió haber condenas.

En tanto, los defensores coincidieron que reclamar por la excesiva condena que recibieron sus pupilos y reclamaron la nulidad de todo lo actuado por estar viciado de irregularidades.

También acusó al tribunal de primera instancia de basar su fallo sólo en las declaraciones testimoniales de Suárez y Villalba que apuntaban a Rodríguez como autor de los disparos mortales.

La defensa considera que el reconocimiento de su cliente es nulo por estar viciado por la aparición en distintos medios de la ciudad una imagen del encartado y por lo tanto cualquier persona que lo viera lo reconocería.

Para finalizar, los defensores coincidieron en interponer agravio “por el excesivo monto de la pena impuesta a sus representados por considerarla inhumana e injusta y de una crueldad absoluta y no se corresponde con la prueba ventilada en el debate.”

La segunda jornada de apelación será en la jornada de este viernes donde expresarán sus argumentos la fiscalía a cargo de Nora Marull y la querella representada por los abogados Norberto Olivares, Jessica Venturi y Federico Garat.