Un hombre de 60 años identificado como Juan Ramón Sandoval fue condenado a 12 años de prisión efectiva por abusar sexualmente de dos menores de edad –hijas de su pareja– en San Cristóbal. Así lo resolvió el tribunal pluripersonal integrado por los jueces Cristina Fortunato y Osvaldo Carlos y por el abogado particular Hugo Parma, quien fue designado conjuez.

La pena impuesta a Sandoval es por la autoría del delito de abuso sexual gravemente ultrajante agravado por la convivencia de las dos víctimas, quienes en la actualidad continúan siendo menores de edad. La cantidad de años resuelta en la pena fue la misma que había solicitado la fiscal, Hemilce Fissore, en su alegato de clausura.

Valentía y compromiso

Luego de conocer el fallo, Fissore valoró “la valentía y el compromiso de las tías de las menores. Cuando advirtieron conductas extrañas de las niñas, decidieron hacer la denuncia en la policía, luego acompañaron la investigación y también prestaron testimonio en el juicio”.

La fiscal de San Cristóbal también hizo hincapié en la decisión del tribunal y remarcó que “los delitos y las calificaciones por los que fue condenado Sandoval, así como el monto de la pena, fueron los que solicitamos desde la Fiscalía”. En tal sentido, Fissore indicó que “si bien los fundamentos serán dados a conocer en los próximos días, entendemos que las pruebas producidas fueron contundentes para acreditar el hecho y la responsabilidad penal del imputado”.

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En relación a los delitos investigados, Fissore afirmó que “los abusos fueron realizados de manera reiterada y habitual en la vivienda que compartió con las niñas por más de ocho años, aprovechando la relación de pareja que tenía con la madre de ambas. Además, también abusó de las niñas en una casilla rodante que poseía el imputado en un campo de su propiedad ubicado en la zona rural de la localidad de Santurce (departamento San Cristóbal)”.

“Los ilícitos ocurrían cuando la madre de las niñas se iba a trabajar. En tal sentido, logramos demostrar que el acusado tenía pleno conocimiento y voluntad de sus actos, y siempre actuaba a pesar de que las víctimas se negaban. Además, lo hacía con los meros fines de satisfacer su deseo sexual”, agregó la fiscal.

Fissore también hizo hincapié en que el acusado les ordenaba a las menores no decir nada de lo ocurrido. Además, “el imputado nunca demostró angustia ni preocupación por las niñas. Intentó permanentemente trasladar las sospechas y la imputación a la persona denunciante, descalificándola desde una posición rígidamente moralista, sobreactuó respecto a sus características autoreferenciadas de marido protector y buen padre”.

El comienzo

La investigación del caso fue iniciada por el MPA a partir de una denuncia radicada por una tía de las víctimas el domingo 6 de septiembre de 2015 en la sede de la jefatura de la Unidad Regional XIII de la policía en la ciudad de San Cristóbal. Por su parte, el juicio oral y público comenzó el martes 22 de agosto y la sentencia se informó en la mañana de hoy.