El máximo tribunal de la Nación consideró que las nuevas normas del Banco Central de la República Argentina (BCRA) para la adquisición de dólares tornaron «abstracto» el planteo, y calificó como «inoficioso» pronunciarse sobre la validez constitucional del llamado «cepo cambiario», que restringía ese tipo de operaciones.

El presidente del máximo tribunal, Ricardo Lorenzetti, y los ministros Elena Highton y Juan Carlos Maqueda evaluaron que los impedimentos que impedían la adquisición de la divisa quedaron sin efecto el 17 de diciembre último, con el dictado de la Comunicación A 5.850 del BCRA.

La Corte expuso que con esa comunicación «ha devenido abstracta la cuestión debatida en las presentes actuaciones», en las que, para preservar el valor patrimonial, los padres de un menor de edad pedían que se convirtiera en dólares el depósito en pesos que el hijo había percibido como indemnización por un accidente.

En una ocasión anterior, en octubre de 2014, entonces sin la firma de Maqueda pero con la del ministro Raúl Zaffaroni -quien luego renunció a su cargo- la Corte rechazó un recurso contra un fallo que había declarado la validez de las normas sobre el «cepo».

En aquella ocasión, la Corte calificó de «inadmisible» la demanda de un ahorrista que solicitaba la autorización para comprar medicamentos.

El fallo actual de la Corte se proyecta a decenas de casos que llegaron a la máxima instancia, con pedidos de declaración de inconstitucionalidad.

Esas causas contaban con dictámenes en contra de la Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó.