Los abogados que representan a los familiares de las víctimas del caso conocido como Triple crimen de Villa Moreno, donde fueron asesinados tres militantes sociales el 1 de enero de 2012, presentaron ayer un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia de la Provincia. La medida fue presentada por “la denegatoria del recurso extraordinario de inconstitucionalidad”.

El recurso extraordinario de inconstitucionalidad había sido presentado en septiembre pero la Cámara compuesta por Georgina Depetris, Daniel Acosta y Guillermo Llaudet, debido a la licencia de Adolfo Prunotto, decidió no otorgar la admisibilidad. En consecuencia, los representantes de las familias de las víctimas presentaron ayer ante la Corte Suprema de Justicia provincial un recurso de queja para que se revise la absolución de Brian Sprío, condenado en primera instancia a 33 años de prisión y luego absuelto por el beneficio de la duda, en segunda instancia.

En el fallo de primera instancia los imputados por el homicidio de Jeremías Trasante, Claudio «Mono» Suárez y Adrián «Patóm» Rodríguez, fueron condenados pero el tribunal compuesto por Georgina Depetris, Adolfo Prunotto Laborde y Daniel Acosta decidió mantener la condena de Sergio «Quemado» Rodríguez a 32 años de cárcel como el autor principal del hecho, pero optó por bajar las penas impuestas a Daniel «Teletubi» Delgado de 30 a 21 años y la de Mauricio «Maurico» Palavecino de 24 a 19 años de cárcel. Además, en el fallo fue absuelto Brian «Pescadito» Sprío, que había recibido una pena de 33 años en primera instancia.

En ese contexto, los abogados de las familias de los jóvenes asesinados el 1º de enero de 2012 presentaron un recurso de inconstitucionalidad ante la misma Cámara Penal al entender que el fallo vulnera derechos establecidos en la Constitución. Pero el mismo fue rechazado en los últimos días, por lo que ayer presentaron un recurso de queja para que sea la misma Corte Suprema provincial la que «valore, analice y resuelva sobre el planteo de que en el fallo de Cámara hay arbitrariedad por prescindencia y omisión de prueba decisiva», según dijeron en un comunicado los integrantes del Movimiento 26 de Junio al que pertenecían las víctimas.