Otorgan la adopción plena de un niño con la conformidad de su madre biológica
Lo resolvió el juez de Familia Marcelo Molina al considerar que se trataba de una relación de amistad y vecindad entre los padres biológicos y la pareja de convivientes. La guarda del menor fue dada en función de una relación de confianza.
- Judiciales
- Ago 2, 2017
La Justicia de Familia de Rosario resolvió otorgar la adopción plena de un niño de tres años que desde sus quince días vive con una pareja integrada por un hombre y una mujer.
El cuidado del bebé les fue confiado por la mamá biológica ante funcionarios del hospital donde nació y contó con el aval de la Dirección Provincial de Niñez.
El juez del Tribunal de Familia Nº 5, Marcelo Molina, consideró probado que se trataba de una relación de amistad y vecindad entre los padres biológicos y la pareja de convivientes y que la guarda del niño les fue dada en función de esa relación de confianza.
Si bien el nuevo Código Civil y Comercial prohíbe las entregas directas como así también considerar las guardas de hecho, judiciales o administrativas, el juez remarcó que esta guarda fue anterior a la vigencia del Código y que no hubo ilícito alguno.
Principalmente, corroboró la existencia de un sólido vínculo del niño con la pareja conviviente y los padres biológicos prestaron su conformidad.
Para dictar el fallo el juez declaró la inconstitucionalidad de tres artículos del Código Civil y Comercial.
En la resolución se describe la entrevista que mantuvo el juez con el niño: resalta que permaneció en silencio sentado sobre la falda de su cuidadora. Al inicio la pareja de la cuidadora se encontraba fuera del despacho del juez y cuando entró el niño, que había estado siempre en silencio y un tanto ausente, giró su cabeza y dijo dulcemente la palabra ¡Papá….!. Una clara demostración de quien es realmente el padre para el niño.

