El juez Correccional N° 9 de los Tribunales de Rosario, Héctor Núñez Cartelle, procesó a la exjueza de Instrucción María Luisa Pérez Vara por el delito de incumplimiento de los deberes de funcionario público.

La acusación a Pérez Vara surge por no haberse hecho cargo de sus obligaciones en el marco de la muerte del empresario sospechado de narcotraficante Luis Medina que tuvo origen el 29 de diciembre de 2013.

Aquel día, la magistrada se encontraba de turno y en la madrugada fue asesinado Luis Medina, un empresario supuestamente vinculado con el narcotráfico, y su novia mientras circulaban en auto por la zona sudeste de Rosario.

Ante esta situación, los superiores de la magistrada intentaron contactarla para que se hiciera cargo de la investigación, pero ella no respondió. Más tarde se excusaría diciendo que se encontraba con problemas de salud.

En el fallo del procesamiento a Pérez Vara, el juez Núñez Cartelle consideró que para que este tipo de faltas constituya un delito es preciso que se concrete una efectiva omisión y que ésta debe ser ilegalmente cometida. Debe tratarse de una conducta omisiva ilegal y debe actuarse con conocimiento de esa ilegalidad, es decir que la omisión ha de ser maliciosa.

En consecuencia, el magistrado resolvió dictar el procesamiento a Pérez Vara por el delito de Incumplimiento de Deberes de Funcionario Público, conforme a lo establecido en los artículos  325 y 498 en ambos casos del Código Procesal y Penal y 248 del Código Penal.

En tanto dictó el sobreseimiento por el delito de Omisión de los Deberes de Funcionario Público, conforme a los artículos 356 inciso 1° apartado b del Código Procesal Penal y 249 del Código Penal, por considerar que la omisión no fue maliciosa.