Comenzó hoy en Tribunales provinciales el decimo sexto juicio oral donde se juzgará a una mujer por la muerte de su pareja.

El Tribunal pluripersonal conformado por los jueces Raquel Cosaya, en la presidencia, Juan Carlos Curto y Juan Carlos Vienna, estará a cargo de dirigir el debate.

El fiscal Adrian Spelta, representante de la Fiscalía, en sus alegatos de apertura, sostuvo que dado que Marina Alejandra A., de 36 años, al momento de los hechos no pudo comprender la criminalidad de sus actos, tal como lo sostuvieran los médicos psiquiatras que la entrevistaron, en virtud de una alteración morbosa y patológica de su consciencia, debía requerir la absolución por el delito de homicidio calificado por ensañamiento.

Asimismo, el fiscal destacó que si bien esa conducta no merecía un reproche penal, es decir, una condena que implicara la prisión de Marina Alejandra, atento los informes psiquiátricos ella puede ser peligrosa para sí misma y para terceros, motivo por el cual solicitó como medida de seguridad la internación en un instituto de salud mental a puertas cerradas para su tratamiento.

La defensa de Marina Alejandra, a cargo del Ministerio Público de la Defensa, avaló el pedido de absolución, solicitó la libertad (dado que se encuentra alojada en la Unidad de Detención Nº IV), además se opuso a la medida de seguridad de la Fiscalía, por entender que se trataría de un a pena encubierta bajo dicha fórmula.

Además, los defensores entienden que el encierro no sería la solución, y que la alternativa terapéutica más conveniente sería aquella que promueva los vínculos sociales y familiares de Marina Alejandra y asegure su evolución y estabilidad emocional.

El 13 de noviembre de 2014 alrededor de las 21.30 hs, en una casa de calle España a la altura del 4200 de Rosario, Marina Alejandra prendió fuego a su pareja Alejandro Marcelo Silva. En la madrugada, puso sus restos entre frazadas y los tiró a un volquete en calle Circunvalación y España. Aún había fuego y se inició allí un nuevo incendio. Casi inmediatamente llegó la policía al lugar y detuvo a la mujer. Los médicos forenses determinaron que no pudo comprender al momento de los hechos la criminalidad de sus actos, siendo de este modo inimputable.