La Asociación de Abogadas y Abogados de Buenos Aires (AABA) realizó un análisis jurídico del DNU 70/2023, tras el cual el cual emitió un dictamen, basado en un estudio exhaustivo, en el que concluyó que el decreto no cumple con los requisitos constitucionales necesarios, ya que vulnera competencias legislativas y afecta derechos fundamentales.

Este veredicto será enviado a los bloques legislativos del Congreso Nacional para su consideración, enfatizando la necesidad de un escrutinio detallado en el marco del respeto a la Constitución Nacional.

Para los letrados, la manifestación de una «desesperante situación económica general» en los términos del DNU «no resulta suficiente para justificar una medida de carácter legislativo por el Poder Ejecutivo, que atraviesa varios órdenes legislativos de carácter permanente como lo son el Código Civil y Comercial de la Nación y la Ley de Contrato de Trabajo».

«A ello se le agrega el llamativo volumen y heterogeneidad de las normas derogadas y modificadas y la improbable conexión de todas o muchas de ellas con las razones de urgencia que se invocan», sostuvieron los nucleados en la asociación presidida por Federico Percovich.

El documento afirmó que «podría tener implicancias severas para el goce y la plena vigencia de los derechos humanos en Argentina, en tanto y en cuanto modifica y deroga un gran número de normas, muchas de las cuales operativizan y protegen derechos fundamentales, como la igualdad ante la ley y la protección contra prácticas laborales injustas».

«Al modificar leyes que protegen la industria cultural y los medios locales, el decreto amenaza la pluralidad de voces y el acceso equitativo a la información, lo que podría limitar la diversidad cultural y la libertad de expresión», añadieron en cuanto a los cambios en materia cultural.

En lo referente al art. 960 CCyCN, el DNU elimina el párrafo que le otorga a los jueces la posibilidad de intervenir de oficio en la modificación de cláusulas contractuales cuando se ve afectado el orden público de manera manifiesta, y sólo se mantiene que sean las partes las que puedan pedir tal modificación a los jueces cuando la ley lo autoriza.

«Nuevamente frente al Derecho al consumidor se está violando el derecho de progresividad (y no regresividad) que preside la teoría general de los derechos humanos, a los que pertenecen, innegablemente, los derechos de usuarios y consumidores», sostuvieron al respecto.

Para los firmantes, «el Poder Ejecutivo se ha apartado de los medios y procedimientos de decisión legítimos para la consecución de fines que considera evidentemente más valiosos que el texto constitucional, sus principios y los derechos que allí se consagran».

«La modificación del marco normativo de la amplitud que tiene este Decreto debe ser producto de amplios debates sociales, sin apelar a falsas urgencias, con el asesoramiento de especialistas en cada rubro, donde se encuentren representadas las diversas opiniones y discutido ampliamente en el Congreso de la Nación, donde está representado el Pueblo de la Nación, las Provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires», concluyó el documento.

 

EL DICTAMEN

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