Por Aldo Battisacco desde Buenos Aires (enviado especial)

La Comisión de Asuntos Constitucionales de la Cámara baja recibió este martes en el Anexo de Diputados a los abogados constitucionalistas María Angélica Gelli, Jorge Vanossi, Alberto Bianchi y Alfonso Santiago, quienes se manifestaron en la misma sintonía respecto de oponerse a la renuncia voluntaria a los fueros.

Recientemente el Frente Renovador tuvo la iniciativa de llevar adelante junto a legisladores de distintos bloques a partir del caso de Julio De Vido.

En la reunión que estuvo presidida por Pablo Tonelli (PRO), los especialistas se pronunciaron en contra de los distintos proyectos de pedidos de desafuero, presentados por el bloque del Frente Renovador y los macristas Nicolás Massot, Martín Maquieyra y Karina Molina.

En su exposición Bianchi señaló que “sin perjuicio de valorar actitud heroica de algunos legisladores, creo que los fueros no son renunciables”, y agregó: “Hay una razón práctica: no se puede renunciar a lo que no es propio”.

Por su parte, Vanossi, quien además es diputado del Parlasur por el Frente Renovador-UNA, sostuvo en el mismo sentido que “no se puede admitir la renuncia a los fueros por parte de los legisladores” porque es algo “irrenunciable”, y agregó que “es conveniente esclarecer que los fueros pertenecen a la institución. Es algo inherente a garantizar normal funcionamiento del Congreso, porque sino podría llegarse al extremo de que no pudieran funcionar las Cámaras”, planteó, y recordó a los presentes que “en algún momento sobre 120 diputados hubo 44 expulsados”.

En tanto, Gelli explicó que “otorgar el desafuero o denegarlo es una atribución discrecional de la Cámara”. “Se trata de que la cámara motive y fundamente su decisión”, y aclaró que “el desafuero no es discrecional, debe ser fundamentado en la causa penal que está en trámite”.

Diputada Silvia Lospennnato

Al término de las exposiciones, Conclusión dialogó con la Secretaria Parlamentaria del Bloque del PRO, Silvia Lospennato, quien manifestó que «hay que modificar la ley de fueros, eliminar el exceso que tiene la ley acerca de que se requiere la autorización de la Cámara para el allanamiento o la intersección de las comunicaciones telefónicas, debe ser corregido para ser más fieles a la letra de la Constitución».

«Y en relación a lo que dijimos al presentar los proyectos de demagogia electoral, y de la renuncia de los fueros, coincidieron todos los constitucionalistas, que esto no es posible, que los fueros son una garantía constitucional de la Cámara de Diputados y por lo tanto es la propia Cámara la que tiene decidir en que caso los quita o los preserva», y agregó: «Fue enriquecedor, se aclararon la pocisiones y espero que en breve podamos sancionar la reforma de la ley».

En cuanto a la situación de Julio De Vido, la legisladora de Cambiemos señaló que el ex ministro de Planificación Federal «pasó por un proceso de exclusión sin que logremos los votos para excluirlo, sigue siendo diputado y confiamos que a fin de año cuando asuman los nuevos legisladores con una nueva mayoría insistiremos con este proyecto, porque entendemos que no tiene las condiciones requeridas para el cargo que ostenta».

Consultada sobre si la decisión de la Cámara de impedir la candidatura de Carlos Menem, como tambien la actitud del juez Juan Manuel Culotta de impedir la inscripción de la lista de Mario Ishii tendrían cierta relación, Lospennato respondió que «las cosas no tienen relación, la Cámara Nacional Electoral resolvió como última instancia en materia electoral un pedido que se había hecho de excluir como candidato al senador Menem, (NdR: esta decisión fue apelada) deberá resolverlo la Corte Suprema, y me parece bien que lo haga, porque ya tiene uno de los juicios por resolver en el que hay dos condenas, sería bueno que la Corte se ocupe».

Por último, Lospennato dijo que su «posición en relación a los delitos de corrupción coincide con la Constitución reformada en 1994, que los incluyó en el artículo 36 como graves atentados contra la democracia, tenemos una deuda de reglamentar ese artículo, para que ninguna persona condenada por delitos de corrupción pueda se candidato».