El Indec precisó en la noche de este sábado cuáles son los aglomerados con más de 500 mil habitantes donde el presidente Alberto Fernández dijo que continuará la cuarentena como hasta ahora.

Estos aglomerados son la Ciudad Buenos Aires, el conurbano, La Plata, Mar del Plata, Córdoba, Mendoza, Salta, San Juan, Rosario, Santa Fe y Tucumán–Tafí del Valle.

La información básica corresponde a procesamientos especiales del Censo 2001 y 2010.

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El Presidente dijo que en el resto de los aglomerados se dejará en «manos de las autoridades provinciales el manejo de qué actividades se pueden abrir» en la nueva etapa de cuarentena.

«Hemos pasado de un aislamiento estricto al administrado, que permitió que el 75 por ciento de la gente se mantenga en situaciones de cuarentena. Ahora empieza esta tercera etapa, donde empezamos a tener en cuenta lo experimentado en estos 35 días», señaló

Los gobernadores podrán habilitar la reapertura de actividades en ciudades de menos de 500.000 habitantes, siempre que cumplan con cinco requisitos.

Si consiguen el permiso, las ciudades deberán someterse a un «estricto» control de las autoridades nacionales, que podrán «disponer el cese de las excepciones que incumplan con los criterios epidemiológicos/ sanitarios.

«Si los números se desbordan o alguna de estas cinco exigencias deja de cumplirse nosotros vamos a poder dar marcha atrás y exigir que se vuelva al período anterior», subrayó el presidente Alberto Fernández al hacer el anuncio en la Quinta de Olivos a través de un mensaje grabado.

«Por eso, hay una obligación de mantener informado al gobierno nacional de modo permanente», agregó el jefe de Estado. .

A continuación, las cinco exigencias del Poder Ejecutivo a las provincias para habilitar el regreso de actividades económicas.

– Tiempo de duplicación de casos confirmados inferior a quince días.
– Sistema de salud con capacidad adecuada para dar respuesta.
– Evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto al riesgo socio-sanitario en relación con la densidad poblacional.
– El porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido.
– La zona geográfica no podrá estar definida como «con transmisión local o por conglomerado» por la autoridad sanitaria nacional.