MIéRCOLES, 03 DE JUN.

Causa YPF: otro fallo favorable para la Argentina en demanda por la expropiación de la petrolera

La Justicia de Irlanda rechazó el pedido de ejecutar el fallo del caso en ese país. La resolución se fundamentó en que, ni la Argentina ni la petrolera, poseen bienes susceptibles de embargo en el país europeo.

 

La semana comienza con otro fallo favorable para Argentina en la causa por la expropiación de YPF; la Justicia de Irlanda dio la razón a la Nación y rechazó el pedido de ejecutar el fallo del caso de la petrolera en ese país, que había sido solicitado por los demandantes.

“En dicho proceso buscaban el reconocimiento y ejecución en Irlanda del fallo dictado por la Corte del Distrito Sur de Nueva York, que condenó a la República Argentina al pago de más de 16 mil millones de dólares más intereses, el cual todavía se encuentra en instancia de apelación”, destacó la Procuración del Tesoro de la Nación (PTN).

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Según la procuración del Tesoro, los demandantes pidieron acciones similares en otras jurisdicciones extranjeras. “Por eso, la decisión irlandesa constituye la primera resolución en el marco de estos intentos de ejecución internacional y representa un precedente favorable para la República Argentina”, destacaron.

La semana pasada, la Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York dijo que el país podía esperar a la próxima apelación por el pedido de Buford Capital, principal demandante de este extenso juicio, y quedarse con las acciones de la empresa, en septiembre, sin poner ninguna garantía.

Desde Irlanda

El fallo de The High Court Commercial de Irlanda, que firmó la jueza Eileen Roberts, tiene 77 páginas y se había iniciado por medido de dos de los demandantes, Petersen y Eton Park, en abril del año pasado.

La jueza fundamentó su resolución en que ni la República Argentina, ni YPF, poseen bienes en Irlanda susceptibles de embargo, salvo activos diplomáticos y consulares que, por su naturaleza, están protegidos de cualquier acción judicial. Además, la magistrada destacó que no hay evidencia de que el Estado argentino vaya a tener activos en el país en el corto o mediano plazo, por lo que permitir la ejecución solo supondría un uso innecesario de recursos judiciales sin impacto real para las partes.

El fallo irlandés evitó pronunciarse sobre cuestiones de fondo como la inmunidad soberana del Estado argentino o la doctrina del acto de Estado, señalando que estos temas podrían ser debatidos en un eventual juicio de fondo, pero no resultaban determinantes en esta instancia procesal.

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