El Gobierno publicó cómo distribuirá lo recaudado por el «Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)» para la compra de dólares y el turismo en el exterior.

A través del decreto 184/2020 publicado en el Boletín Oficial, se definió la forma de distribución del 30 por ciento extra en la compra de dólares.

Según lo establecido en el artículo 1 del decreto, el 70 por ciento de lo recaudado será distribuido de la siguiente manera: a) Al financiamiento de Programas a cargo de la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES), el sesenta por ciento (60%), b) Al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP), para cubrir sus prestaciones: el cuarenta por ciento (40%).

En tanto, en el artículo 2 se estableció que el 30 por ciento restante será distribuido de la siguiente manera: a) Al Fondo de Integración Socio Urbana (FISU), creado por el Decreto N° 819/19 en el marco de la Ley N° 27.453, para el financiamiento de obras de vivienda social: treinta por ciento (30%); b) A obras de infraestructura económica: el sesenta y cinco por ciento (65%), c) Al fomento del turismo nacional: el cinco por ciento (5%).

El decreto lleva las firmas del presidente Alberto Fernández, del jefe de gabinete Santiago Cafiero y del ministro de Desarrollo Productivo de la Nación, Matías Kulfas.