El Gobierno anunció el proyecto de ley para blanquear dólares: “Vamos a abandonar el régimen persecutorio”
El diputado José Luis Espert y el director ejecutivo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero, Juan Pazo, presentaron el proyecto de Ley de Principio de Inocencia Fiscal, asegurando que con el nuevo régimen, de enfoque recaudatorio, “todos somos inocentes hasta que ARCA muestre lo contrario”.
- Economía
- Jun 5, 2025
El Gobierno nacional presentó este jueves el proyecto de Ley de Principio de Inocencia Fiscal, una iniciativa también conocida como “Plan Colchón” y que está destinada a que los ahorristas utilicen sus dólares no declarados.
Con una conferencia de prensa, el diputado nacional José Luis Espert y el director ejecutivo de ARCA, Juan Pazo, brindaron detalles sobre este proyecto que ahora deberá ser tratado en el Congreso de la Nación para entrar en vigencia.
“El contenido de este proyecto de ley consiste en un cambio de régimen en materia tributaria. Vamos a abandonar el régimen persecutorio en el que la legislación y la ex AFIP presuponían que todos éramos culpables, y pasaremos a un régimen de enfoque recaudatorio en el que todos somos inocentes salvo que ARCA demuestre lo contrario”, señaló Espert, quien además es presidente de la comisión de Presupuesto y Hacienda de la Cámara baja.
“Para nosotros tiene que regir el principio de inocencia fiscal, por eso el objetivo de este proyecto es blindar al ciudadano de bien que ahorró y preservó su ahorro del descalabro de la maldita casta política, para que tenga la posibilidad de formalizar ese ahorro sin que lo persiga el fisco”, continuó en su discurso.
Además, previamente aseguró: “Fue el Estado el que les puso el arma en la mano y el Estado fue el que les apretó el gatillo. Eso con nosotros se termina. Esta administración viene a cambiar de una vez por todas esta realidad hipócrita, y este cambio comienza con un cambio conceptual. Es el Estado en que está en falta desde hace muchas décadas con los argentinos”.
A su turno, Pazo describió algunas de las principales características de este proyecto de ley que será enviado al Congreso. Principalmente, el mismo se divide en dos esquemas: uno referido «al cambio de paradigma en el régimen general», y el otro «al blindaje del nuevo régimen simplificado de impuesto a las ganancias«.
En el primero de ellos, modificarán «los umbrales por los cuales el Estado podía perseguirte por evasión».
«Hasta hoy en Argentina podían investigarte como evasor simple por diferencias de $1.500.000 de pesos. Algo ridículo. A partir de ahora, estos límites se aumentan significativamente. Esto, para ponerlo en números, significa que de alrededor de una 7.000 causas abiertas en el fuero penal tributario, únicamente quedarán en curso unas 200, que son las que realmente significan una evasión fiscal real y significativa», describió Pazo.
También se modifica el plazo de prescripción para la determinación tributaria de ARCA, el cual se disminuye de 5 a 3 años siempre que los ciudadanos o las empresas hayan presentado sus declaraciones juradas en tiempo y forma.
«Además, quien incumple y sea notificado podrá resolverlo pagando lo que debe. Con el nuevo criterio que establece esta ley, los problemas impositivos se resuelven pagando», aseguró.
Por otra, parte, en el segundo esquema, se estará «blindando para siempre a los argentinos que adhieran al ya anunciado régimen simplificado del impuesto a las ganancias«.
«Este régimen implica un cambio trascendental en el esquema tributario argentino, porque la gente que adhiera podrá normalizar su situación patrimonial pagando ganancias solo por la facturación, independientemente de su validación patrimonial. Es decir, que la gente que adhiera al nuevo régimen, ARCA le calculará el monto a pagar de impuesto a las ganancias solo por lo facturado durante ese período, sin importar cuánto haya aumentado su patrimonio ni su consumo personal«, detalló.
Al respecto de esto último, ejemplificó: «Si durante ese ejercicio fiscal una persona compra cinco departamentos, ARCA solo le cobrará Ganancias por lo que haya facturado, menos los consumos deducibles«.

