El gobierno nacional terminó de elaborar en los últimos días el proyecto de ley de blanqueo y repatriación de capitales que enviará al Congreso gracias a la firma del acuerdo de intercambio de información financiera entre Estados Unidos y Argentina.

El Ministerio de Economía compartió este lunes una versión del proyecto que podría ser la definitiva, aquella que llegaría finalmente al Poder Legislativo para su análisis y posterior aprobación.

El documento tiene el extenso nombre de «Ley de Exteriorización del Ahorro Argentino para Sostener el Cumplimiento y Cancelación de la Deuda con el Fondo Monetario Internacional». De esta forma, expone uno de los destinos de los recursos que planea recaudar con esta medida.

En principio, el proyecto detalla que el 20% de lo recaudado irá a cancelar deuda con el FMI, mientras que otro 20% sería destinado a subsidios a las micro, pequeñas y medianas empresas; 20% al programa integral de becas Progresar; y el 40% restante a proyectos de exploración, desarrollo, construcción y mantenimiento de infraestructura, transporte y producción de gas natural que apruebe la Secretaría de Energía de la Nación.

Para esto, el proyecto de blanqueo de capitales plantea condiciones altamente favorables para aquellos que decidan adherirse.

Quienes definan exteriorizar activos hasta el 31 de marzo pagarán una alícuota de solo 2,5% sobre el monto exteriorizado. En el caso de las cuentas en el exterior, si deciden repatriar los fondos mantendrán ese nivel, pero si lo mantienen fuera del país se aplicará el doble de la alícuota -en este caso un 5%-.

Esa alícuota inicial de 2,5% pasará a ser de 5% del 1º de abril al 30 de junio; y llegará al 7,5% del 1º de julio de 2023 hasta el 30 de septiembre de ese año. Todos esos porcentajes deben duplicarse en caso de que los recursos sigan en el exterior.

El blanqueo comprenderá «tenencia de moneda nacional y/o extranjera en el país y/o en el exterior; activos financieros; bienes inmuebles; bienes muebles, y demás bienes en el país y/o en el exterior (incluyendo créditos)», especifica el texto difundido a la prensa.

Los adherentes a esta iniciativa también contarán con un listado de beneficios que el Ministerio de Economía enumeró en el borrador:

-No se considerarán incrementos patrimoniales no justificados por los bienes declarados.

-Se liberará a los sujetos comprendidos de toda acción civil, comercial, penal, tributaria, penal cambiaria, penal aduanera e infracciones administrativas que pudieran corresponder por los bienes declarados.

-Los sujetos quedarán liberados de los siguientes impuestos que omitieron declarar: Ganancias; Internos y al Valor Agregado, sobre los Bienes Personales y de la contribución especial de cooperativas.

Algunos medios -como Ámbito Financiero e Infobae- afirman además que el documento final dispondrá que no puede adherir al blanqueo ninguna persona que haya pasado por la función pública desde 2010 a la actualidad, algo que no figura en el borrador difundido este lunes.

En el texto sí está incluida la creación de un Régimen simplificado «con una alícuota especial del equivalente a la mitad de las alícuotas generales cuando los sujetos personas humanas exterioricen tenencia de moneda nacional y/o extranjera en efectivo en el país y el monto no supere el 35% anual de los ingresos anuales promedio de los últimos 3 períodos fiscales y con un tope de hasta 50.000 dólares».

«De este Régimen Simplificado quedan excluidos únicamente aquellos contribuyentes que pagaron el Aporte Solidario (de alta capacidad contributiva)», propusieron desde el Palacio de Hacienda.

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