El Gobierno deberá definir en esta semana corta la reglamentación de las retenciones a las exportaciones de servicios, con la cual se podrían recaudar unos u$s700 millones de dólares el año próximo. Para que tenga alguna consistencia, el nuevo impuesto debería regir desde el 1 de enero de 2019.

Los dos decretos del ministro de Hacienda, Nicolás Dujovne, mediante los cuales impuso las “retenciones 2.0” no mencionan la posibilidad de aplicarlas a las ventas al exterior de bienes intangibles. Y eso se explica porque los servicios no estaban mencionados en el Código Aduanero. No eran consideradas mercancías, y por lo tanto, el titular del Palacio de Hacienda no contaba con una facultad delegada del Congreso para aplicar una alícuota, como sí lo pudo hacer con el resto de los bienes.

Entonces, lo primero que tuvieron que hacer fue modificar el Código Aduanero para incorporarlas. Se aprobó el cambio metido entre todas las normas que fueron en el proyecto de Presupuesto 2019. Recién a mediados de noviembre pasado el Poder Ejecutivo estuvo en condiciones de imponer el nuevo gravamen, pero no salió en lo inmediato. Se requiere de un decreto más y de una resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) que le diga a las empresas cómo tienen que hacer para pagarlo.

A diferencia de los bienes tangibles, los servicios no pasan por la Aduana. La empresa exportadora le envía una factura a su cliente del exterior y luego espera que le transfieran el dinero. La AFIP tiene que cobrar 3 pesos por dólar (porque se trata de bienes con valor agregado, los bienes primarios pagan 4 pesos) o un tope de 12%.

Posteriormente, para los bienes materiales se precisó que el tope es sobre el valor FOB, que es el precio más los costos de flete de la mercadería hasta la Aduana. Como es obvio, las exportaciones de servicios no tiene valor FOB. También se les otorgó a los exportadores de mercaderías un plazo de hasta 60 días para pagar el impuesto, porque ese es el tiempo estimado en que ellos cobran sus facturas. El Gobierno deberá definir también si a los exportadores de servicios se les da un plazo para cumplir con su obligación y además, como no interviene la Aduana, si las empresas sujetas tienen que presentar Declaraciones Juradas. Este tipo de retenciones va a estar vigente hasta el 31 de diciembre de 2020, lo que implica que todo el andamiaje burocrático que se monte será por apenas dos años.

Se puede estimar, según datos del Ministerio de la Producción, que las exportaciones de servicios podrían dejarle en un año al menos unos $28.000 millones, al tipo de cambio actual. Las exportaciones de empresas con “base de conocimiento” que busca impulsar el Gobierno, sumaron en 2017 unos u$s6.000 millones. Mientras que las exportaciones argentinas generan el promedio unos u$s12.000 dólares por trabajador, en el caso de estos sectores el aporte es de u$s33.000. Las empresas de base de conocimiento, que serán las alcanzadas por las retenciones, representan el tercer complejo exportador después del campo y las automotrices y tienen u$s3.000 de balanza superavitaria.

Se puede pensar rápidamente en servicios como el software, pero además se deben incluir producciones audiovisuales, cine, cine publicitario, asesorías, consultorías, biotecnología, medicina y videojuegos.

Fuente: ambito.com