El gabinete económico definió hace pocas horas cual es el proyecto que enviará al Congreso y que tiene como objetivo ampliar el plazo de la moratoria y el tamaño de las empresas que hasta ahora no gozaban de ese beneficio. 

En esencia, la norma amplía el universo de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria vigente que incluye a todas las personas jurídicas y humanas.

Es decir podrán regularizar sus deudas los contribuyentes que no podían acceder en los términos de la Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva.

Se trata de impuestos que cobra Afip, los aranceles que cobra la aduana y los aportes y contribuciones al sistema de seguridad social.

La expectativa del Ejecutivo es que se genere la reactivación de la economía post-pandemia, y para ello busca otorgar a los privados una herramienta que les permita un desahogo financiero.

A grandes rasgos, la iniciativa toma como fuente el proyecto presentado en Diputados por el legislador de Entre Ríos, Marcelo Casaretto, quien en diálogo con Conclusión, explicó que le hizo conocer a la administradora federal, Mercedes Marcó del Pont, y al secretario de Políticas Tributarias, Roberto Arias. El Poder Ejecutivo puede promover este proyecto o usarlo como aporte, lo importante es brindarle herramientas al contribuyente»

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Los puntos principales del proyecto oficial son:

• Podrán adherirse a todas las personas jurídicas y humanas para regularizar sus deudas impositivas y previsionales

• Permitirá incluir deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2020

• Será posible adherirse hasta el 31 de octubre de 2020.

• Primera cuota vence el 16 de noviembre.

• Dependiendo del tamaño de las empresas e individuos que se adhieran podrán regularizar sus deudas en hasta 96 o 120 cuotas para las obligaciones tributarias y aduaneras.

• Los plazos serán de hasta 48 o 60 cuotas para las obligaciones correspondientes a los recursos de la seguridad social.

• Condonación parcial de intereses y total de multas.

• Tasa de interés fija del 2% mensual hasta enero de 2021 y, a partir de ese momento, una tasa variable en pesos (se reformularán los planes ya ingresados a la moratoria para que esa sea la tasa).

• Permite utilizar todas las devoluciones aprobadas y pendientes de pago que el contribuyente tenga a favor en AFIP para compensar la deuda (sólo pueden utilizarse aquellos saldos existentes antes de la aprobación de la ley y no puedan utilizarse saldos técnicos para compensar).

• Establece condiciones para las empresas de mayor tamaño. Durante 24 meses no podrán distribuir dividendos, realizar operaciones con títulos para eludir la normativa cambiaria ni acceder al mercado cambiario para realizar pagos a entidades vinculadas.

Sobre el tema, el titular de la cartera de Desarrollo Productivo, Matías Kulfas, señaló que el envío de este proyecto de ley de moratoria impositiva y previsional, tiene como fin que “las empresas puedan salir de esta crisis con una menor carga, para que cuando termine esta pandemia estén reestructuradas sus deudas y así crecer de manera sólida, con una economía en crecimiento a través del trabajo de todos los argentinos”.

Por su parte, Mercedes Marcó del Pont, destacó que “los problemas que arrastraban las las empresas, los comercios y las familias se extendieron a todo el entramado productivo con la irrupción del COVID-19”.

 

A continuación, el texto completo: