El Gobierno nacional prorrogó el Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio (DISPO) y el Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (ASPO) hasta el 25 de octubre, en el marco de la emergencia sanitaria establecida ante la pandemia de coronavirus COVID-19. Rosario figura en el listado de departamentos con mayores restricciones, pero el Gobierno provincial indicó que no habrá cambios.

El Poder Ejecutivo publicó este lunes en el Boletín Oficial la extensión de la emergencia sanitaria y detalló cuáles son los territorios que deben disminuir las aperturas y qué lugares continúan en DISPO.

En el artículo 10 del decreto presidencial se expone la lista de «lugares alcanzados por el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio» y se incluye a «los departamentos de Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos», de la provincia de Santa Fe.

Las autoridades nacionales argumentaron que la provincia presenta un sistema de salud muy tensionado, principalmente en Rosario y Gran Rosario, con una ocupación de camas de UTI, para toda la provincia, del 78%, alcanzando un 96% en la ciudad de Rosario, y la Capital el 83%.

En otro artículo, el texto especifíca los lugares alcanzados por el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio y puntualiza que están incluidos «todos los departamentos de la provincia de Santa Fe, «excepto los departamentos de Rosario, La Capital, General López, Caseros, Constitución, San Lorenzo, Las Colonias y Castellanos».

Por otra parte, el gobierno autorizó las clases presenciales, siempre de acuerdo con el criterio de cada jurisdicción y la autorización del Ministerio de Educación de la Nación, las reuniones de hasta diez personas al aire libre y el transporte urbano e interurbano, salvo excepciones.

Prohibiciones indicadas

El decreto también detalla cuáles son los actividades prohibidas durante la vigencia del ASPO. En este punto enumera:

-Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y de cualquier otra índole que impliquen la concurrencia de personas.

2.Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado que implique la concurrencia de personas.

3.Servicio Público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos previstos en el artículo 22 de este decreto.

4.Turismo.

Prohibiciones descartadas

A pesar de lo dispuesto por el Gobierno nacional, las autoridades provinciales salieron a aclarar que no habrá modificaciones en las aperturas realizadas hasta el momento.

“No cambia nada desde el punto de vista práctico en cuanto a las actividades permitidas o restringidas”, aclaró el ministro de Gestión Pública, Rubén Michlig, en declaraciones a Radio 2.

“Seguimos con el mismo esquema”, enfatizó el integrante del Gabinete del gobernador Omar Perotti.