El senador Lisandro Enrico presentó en la Legislatura provincial un proyecto de ley para suspender las ferias judiciales de enero y julio en los fueros penal y contravencional. El legislador justificó la presentación en “la actual emergencia en materia de seguridad que atraviesa la provincia”.

En tal sentido, Enrico manifestó que “el servicio de justicia no puede paralizarse por un mes y medio”, en atención a que “la actual emergencia en materia de seguridad que atraviesa nuestra provincia, no guarda ninguna relación con la casi completa paralización del servicio de justicia por más de un mes y medio”.

El senador radical de la UCR, por intermedio del Proyecto de Ley de su autoría ingresado en el recinto del Senado Provincial en la sesión de este jueves, propone que “se suspenda la feria judicial de enero y/o invernal de manera total o parcial en el fuero penal y contravencional”, ya que frente al “enorme colapso que tienen los juzgados penales, resulta inadmisible permitir que continúe la feria judicial en las condiciones actuales”.

Como el Estado Provincial “garantiza la continua y eficiente administración de justicia durante los 365 días del año en el fuero penal y contravencional”, se hace necesario modificar el artículo 248 de la Ley Nº 10.160 a los fines de “suspender la feria de enero y/o invernal de manera total o parcial en el fuero penal y contravencional”.

Se incorpora el artículo 248 bis a la citada Ley Nº 10.160 con el objetivo de que “en el caso del fuero penal, contravencional y de los integrantes del Ministerio Público, del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, se dispone la prestación del servicio sin receso o interrupción por feria judicial en lo sucesivo, sin perjuicio de los derechos por licencias ordinarias que asisten al personal que lo integra”.

Así, “los miembros deben coordinar el goce de las mismas conforme a las reglamentaciones vigentes, en forma gradual a lo largo de todo el año, con sentido de racionalización y sin descuidar las necesidades de servicio de cada dependencia”.

Se modifica el artículo 249 de la Ley Nº 10.160 para que, por razones de urgencia y para garantizar el efectivo servicio de justicia en el fuero penal y contravencional, del Ministerio Público, del Ministerio Público de la Acusación y del Servicio Público Provincial de Defensa Penal, “la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe debe garantizar los recursos humanos normales y habituales, incluyendo jueces, fiscales, defensores y empleados”.
Es carente de justificación la medida de la feria durante todo el mes de enero y 15 días en julio en materia penal, y una carencia estatal que la sociedad no cuente con la administración de justicia de manera continua y equitativa durante todo el año, ya que “es una de las mayores demandas por parte de los habitantes”, alegó el legislador.

En el tiempo en el cual se resiente el servicio de justicia, “es donde vemos un aumento de determinados delitos por ejemplo en enero, donde el calor y el alcohol van de la mano y producen un incremento de la tasa delictual”, continuó.

En efecto, “las seis (6) horas diarias de trabajo y los 45 días de licencias ordinarias de las que gozan, sumados a que representan los mejores sueldos de la administración pública, lleva a que el sistema de justicia funcione sólo 190 días al año, resultando esto totalmente inadmisible”, sostuvo el funcionario.

“Frente al enorme colapso que tienen los juzgados penales, “no podemos permitir que continúe la feria judicial en las condiciones actuales, no se puede resentir el servicio de justicia durante tanto tiempo”, concluyó Enrico