VIERNES, 04 DE SEPT.

Entra en vigencia la nueva Ley Penal Juvenil: ¿qué cambia para los adolescentes de 14 a 18 años?

La justicia derogó las leyes 22.278 y 22.803, vigentes desde 1980, y estableció un nuevo esquema de responsabilidad penal para adolescentes, con límites específicos para la prisión, con un máximo de 15 años de condena y la prohibición de aplicar perpetua.

 

El nuevo régimen penal juvenil aprobado en el Congreso de la Nación, que establece la baja de la imputabilidad para menores a partir de los 14 años y las nuevas penas, entrará en vigencia este sábado 5 de septiembre. Los adolescentes de 14 y 15 años podrán ser imputados, procesados y condenados penalmente en la Argentina. Hasta ahora, las personas menores de 16 años no podían recibir una condena penal, aunque los jueces podían disponer medidas que restringieran su libertad.

Cuando el recinto sancionó la nueva Ley Penal Juvenil, dispuso en el artículo 52 de la ley que las reformas entrarían en vigencia a los 180 días de su publicación en el Boletín Oficial. La iniciativa, impulsada por el oficialismo, fue convertida en ley por el Senado a fines de febrero y fue publicada en el Boletín Oficial el 9 de marzo. Por lo que se estaría cumpliendo el plazo este mismo sábado.

Nuevo Régimen Penal Juvenil: qué cambia para los adolescentes desde los 14 años
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La Justicia derogó las leyes 22.278 y 22.803, vigentes desde 1980, y estableció un nuevo esquema de responsabilidad penal para adolescentes de entre 14 y 18 años, con límites específicos para la prisión, un máximo de 15 años de condena y la prohibición de aplicar perpetua.

Los adolescentes que cometan delitos y sean juzgados podrán ser detenidos en dependencias acondicionadas especialmente para menores, sin compartir alojamiento con personas mayores de edad. Según el régimen, los jóvenes tendrán derecho a acceder a programas educativos para concluir sus estudios obligatorios, como también a programas de formación ciudadana para su inserción social, de capacitación laboral y deportivos.

 

¿Qué cambia con la nueva Ley Penal Juvenil?

El principal cambio es la baja de la edad de imputabilidad de 16 a 14 años. Hasta ahora, una persona menor de 16 años no podía ser juzgada ni condenada penalmente, aunque hubiera cometido un hecho tipificado como delito. La Ley 22.278 establecía expresamente que “no es punible el menor que no haya cumplido 16 años de edad”. En esos casos intervenía un juzgado de menores bajo una lógica tutelar.

Con la nueva Ley, los adolescentes podrán recibir las siguientes penas:

Amonestaciones
Prohibición de contacto o de aproximarse a la víctima, su familia u otras personas
Prohibición de conducción de vehículos
Prohibición de concurrir a establecimientos o espectáculos, inclusive deportivos, musicales o culturales
Prohibición de salir del país o del lugar en el cual reside
Prestación de servicios a la comunidad
Monitoreo electrónico con rastreador
Reparación integral del daño a la víctima

Los jóvenes condenados pueden recibir, penas privativas de libertad en su domicilio, en un instituto abierto o un instituto especializado de detención. La ley remarca además que se puede evitar la pena de prisión en dos ocasiones: si la pena no supera los 3 años; y si va de entre 3 a 10 años, pero solo en el caso que el delito no implique la muerte de la víctima, una grave violencia física o psíquica sobre las personas o si no tuviese otras condenas o procesos en curso.

“En todos los casos, se deberán imponer al adolescente, conjuntamente, medidas específicas tendientes a desarrollar su educación, el trabajo y la conciencia de la gravedad del hecho cometido, con vistas a lograr su resocialización y desarrollo de su vida”, resalta.

Por otro lado, cuando el joven haya cumplido dos tercios de la pena en detención y se dieran las circunstancias previstas en el Código Penal para recibir la libertad condicional, podrá continuar cumpliendo su sentencia con otra pena a las establecidas.

Sin embargo, ante el incumplimiento injustificado de una pena alternativa a la que recibió como condena, el juez deberá modificarla por otra pena más severa.

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