La Secretaría de Comercio dispuso ampliar a 180 días corridos el plazo de validez de las licencias no automáticas de importación. La medida fue dispuesta a través de la modificación de la resolución 5/2015, en la que se estableció que las licencias de importación pasan de tener un plazo de 90 a 180 días corridos.

Ese plazo se contará a partir de la fecha de su aprobación en el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI), según la resolución publicada en el Boletín Oficial.

El secretario de la Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA), Rubén García, resaltó la medida al señalar que «ha mejorado sustancialmente el plazo». Sin embargo, expresó que «para un bien de capital todavía no alcanza».

Por su parte el ministerio sostuvo que la modificación a la norma «transmite previsibilidad y tranquilidad a aquellos sectores a los cuales se les vencían las  solicitudes antes de que lleguen los productos de importación al país».

Por otra parte, la  modificación, además, exceptúa a los productos ingresados bajo el régimen de courier de la obligación de gestionar Licencias de Importación vía SIMI. Esta medida permite acelerar y simplificar las pequeñas operaciones realizadas vía courier que en muchos casos son críticas para la producción, dado que en general involucran insumos clave, piezas o repuestos de maquinarias, y representan un volumen mínimo del comercio, agregó la comunicación oficial.