Geografía de la ficción imperial: las cartas patentes de 1917 y la ingeniería del dominio británico en el Atlántico Sur
En este capítulo de Memoria Austral, Alejandro Maidana y Juan Facundo Besson siguen adelante con el análisis de las Doce Patas del León Británico. Las distintas invasiones inglesas a territorio argentino.
- Info general
- Por Alejandro Maidana y Juan Facundo Besson
- Abr 12, 2026
Si en 1908 el imperio británico ensayó una cartografía de la desmesura, en 1917 aprendió a escribir con bisturí. La carta patente de ese año no fue una rectificación en sentido moral —los imperios no se arrepienten, recalculan— sino una operación de ajuste fino. Allí donde la versión de 1908 había incurrido en una inflación territorial que rozaba lo caricaturesco, extendiendo su pretensión hasta insinuar dominios sobre espacios continentales sudamericanos, la de 1917 vino a depurar el exceso para salvar lo esencial. En palabras más llanas: Londres retiró la mano de donde resultaba grotescamente visible para afirmar con mayor firmeza donde aún podía sostenerse. Como bien señala Arnaud, esa corrección implicó reconocer que Tierra del Fuego y Santa Cruz eran argentinas y Magallanes chilena, pero sin renunciar a lo verdaderamente estratégico: el arco subantártico y antártico.
El sentido profundo de 1917, entonces, no radica en lo que el Reino Unido abandonó —que fue lo que no podía sostener— sino en lo que decidió conservar y ordenar. La nueva delimitación no desarmó el sistema de las Falkland Islands Dependencies, sino que lo volvió jurídicamente más prolijo, más técnico, más defendible. El imperio pasó de la voracidad al método. De la apropiación desbordada a la apropiación administrada. Y en esa transición se cifra una de las claves del dominio británico en el Atlántico Sur: la capacidad de transformar un acto unilateral en apariencia de estructura, una decisión política en arquitectura jurídica.
Desde ese momento, el esquema colonial adquirió una coherencia funcional que ya no sería abandonada. Malvinas operó como centro político-administrativo; Stanley, como cerebro operativo; y el resto de los territorios —Georgias del Sur, Sandwich del Sur y las islas antárticas— como extremidades de un mismo cuerpo. No eran piezas aisladas, sino nodos de una red. Para los britanicos, Georgias aportaba densidad económica, Sandwich ofrecía proyección estratégica y las áreas antárticas garantizaban continuidad geopolítica. Lo que el mapa mostraba como fragmentación, el imperio lo pensaba como sistema. Y ese sistema, cuidadosamente calibrado en 1917, sería capaz de sobrevivir a cambios de época, transformaciones económicas e incluso a la erosión del colonialismo clásico.
Conviene subrayar, además, que este modelo no se apoyó en el poblamiento, sino en la normación. A diferencia de otras experiencias coloniales basadas en la implantación de sociedades, el caso del Atlántico Sur revela una lógica distinta: la soberanía se construyó desde el derecho administrativo antes que desde la comunidad. La fórmula clásica del constitucionalismo imperial británico —“for the peace, order and good government”— no era una simple cláusula de estilo, sino la habilitación de un poder normativo amplio, casi omnímodo, ejercido desde Malvinas sobre territorios remotos y escasamente habitados. En otras palabras, no se trataba de poblar para gobernar, sino de gobernar para prescindir del poblamiento.
En Georgias del Sur, esta estructura encontró su sustento material en la industria ballenera, que operó como el músculo económico del dispositivo colonial. La instalación de la Compañía Argentina de Pesca en Grytviken en 1904 —primer asentamiento permanente significativo— evidencia que la presencia inicial no fue británica en su origen económico, sino que estuvo vinculada a capitales y organización radicados en Buenos Aires. Sin embargo, el imperio no necesitó desplazar esa iniciativa: le bastó con encuadrarla. Mediante licencias, concesiones y gravámenes, transformó la actividad en fuente de control. La soberanía, en este caso, no se expresó en la producción directa, sino en la regulación de quienes producían. Como un árbitro que no juega el partido, pero decide las reglas, Londres convirtió la economía ballenera en una extensión de su poder normativo.
El resultado fue una forma peculiar de ocupación: una sociedad sin sociedad. En Georgias no hubo comunidad civil en sentido pleno, sino una población estacional, subordinada a los ciclos de la producción y organizada en torno a enclaves industriales autosuficientes. Cuando la industria colapsó —por sobreexplotación y caída de precios— el territorio se vació casi por completo, revelando la fragilidad de esa densidad humana. Como sintetiza la propia historiografía, la isla “volvió a un estado cercano al abandono” tras el fin de la actividad. La metáfora es inevitable: el imperio había construido una casa sin cimientos sociales, sostenida apenas por la rentabilidad de un recurso.
En las Sandwich del Sur, en cambio, la lógica fue más desnuda aún. Allí donde no había riqueza explotable ni condiciones para una ocupación estable, el Reino Unido sostuvo una presencia fundamentalmente simbólica y administrativa. Su inclusión en el sistema respondió, como reconocen fuentes británicas, a criterios de “conveniencia administrativa”. Es decir, no era la naturaleza la que imponía la ocupación, sino la estrategia. Las islas no valían por lo que eran, sino por donde estaban. Eran, en términos geopolíticos, puntos de apoyo en una cartografía mayor. Y en términos jurídicos, extensiones necesarias para sostener la ficción de una continuidad territorial que enlazaba Malvinas con el espacio antártico.
Frente a esta construcción, la Argentina sostuvo una impugnación constante, centrada en la invalidez de los actos unilaterales como fundamento de soberanía. La posición oficial fue clara al calificar las Letters Patent como “actos o medidas totalmente ineficaces, dado su carácter de documento unilateral”.. Aquí se revela el núcleo del conflicto: mientras el Reino Unido pretendía producir derecho desde su propia voluntad administrativa, la Argentina apelaba a una concepción del derecho internacional basada en la efectividad, la continuidad histórica y la oposición de terceros Estados.
Esta tensión se fue intensificando a lo largo del siglo XX. La reivindicación argentina de Georgias del Sur en 1927 y de las Sandwich del Sur en 1948 no fueron gestos aislados, sino la inscripción progresiva del reclamo en el plano internacional. Más adelante, la instalación del refugio teniente Esquivel en 1955 y, especialmente, la base Corbeta Uruguay desde 1976, introdujeron un elemento de ocupación efectiva en un territorio donde la presencia británica había sido históricamente intermitente. Allí donde Londres había administrado a distancia, Buenos Aires buscó hacer pie.
En paralelo, el Reino Unido adaptó su estrategia a los nuevos tiempos, incorporando la ciencia como herramienta de legitimación. La creación del Falkland Islands Dependencies Survey en 1943, luego British Antarctic Survey, permitió sostener una presencia permanente bajo la cobertura de la investigación científica. Como señala Dodds, la ciencia funcionó como un “instrumento geopolítico de ocupación” (Dodds, 2002, p. 78). La bata blanca reemplazó al arpón, pero la lógica fue la misma: producir conocimiento para justificar presencia, sostener presencia para consolidar soberanía. El imperio, una vez más, mutaba sin transformarse.
El año 1962 marcó otro ajuste significativo, cuando el Reino Unido separó las áreas al sur del paralelo 60° S para crear el British Antarctic Territory, en el marco del Tratado Antártico. Sin embargo, Georgias y Sandwich permanecieron fuera de esa reorganización, manteniendo su vínculo estructural con Malvinas. La operación fue quirúrgica: separar lo que el derecho internacional obligaba a separar, conservar lo que aún podía sostenerse dentro del esquema colonial. No hubo ruptura, sino reconfiguración.
Finalmente, en 1985, la creación del territorio de South Georgia and the South Sandwich Islands podría haber sido leída como una transformación sustancial. Pero no lo fue. El mismo funcionario que gobierna Malvinas continúa desempeñándose como Commissioner del nuevo territorio, lo que revela la persistencia del vínculo institucional. El cordón umbilical no se cortó; simplemente se disimuló bajo otra denominación. Como tantas veces en la historia imperial, la forma cambió para que la sustancia permaneciera.
En definitiva, la carta patente de 1917 no fue un episodio menor, sino el momento en que el Reino Unido convirtió su pretensión en sistema. Desde entonces, el dominio británico en el Atlántico Sur se sostuvo mediante una combinación flexible de instrumentos: economía cuando fue posible, ciencia cuando resultó conveniente, derecho administrativo cuando fue necesario y fuerza cuando no hubo alternativa. El imperio, lejos de ser un vestigio del pasado, mostró una notable capacidad de adaptación.
Y sin embargo, hay en todo esto una ironía difícil de soslayar. Cuanto más precisa se vuelve la arquitectura jurídica que sostiene una pretensión, más evidente se vuelve su carácter artificial. El Reino Unido necesitó cartas patentes, delimitaciones, órdenes en consejo, licencias, bases científicas y, llegado el caso, operaciones militares para sostener su posición. Demasiado andamiaje para algo que pretende presentarse como natural. Porque cuando la soberanía necesita ser escrita tantas veces, tal vez no esté tan firmemente asentada como pretende. Y en el Atlántico Sur, ese exceso de escritura —ese imperio de papel— termina siendo, paradójicamente, la prueba más elocuente de su fragilidad.






