Se trata de la Ley 27.506 que dispone la creación de un Régimen de Promoción y que establece reducciones e incentivos fiscales para empresas de software, informática, biotecnología, servicios profesionales exportables e industrias del entretenimiento y creativas, entre otras.

Las empresas podrán acceder a los beneficios cuando al menos el 70% de la facturación anual se genere en una de las actividades antes mencionadas.

Así lo establece la reglamentación oficializada este miércoles a través del Decreto 708/2019 publicado en el Boletín Oficial con las firmas del presidente Mauricio Macri; el jefe de Gabinete, Marcos Peña; y los ministros de Hacienda, Hernán Lacunza, y de Producción, Dante Sica.

Las empresas podrán acceder a los beneficios establecidos en los artículos 8 y 9 de la Ley N° 27.506, aplicables respecto de todos sus empleados en relación de dependencia, a partir del período fiscal de su inscripción en el Registro de Beneficiarios.

El artículo 8 contempla que las empresas gozarán, por cada uno de sus trabajadores en relación de dependencia, una detracción que abaratará el «costo laboral» y el 9 adiciona un bono de crédito fiscal transferible por única vez, equivalente a uno coma seis (1,6) veces el monto de las contribuciones patronales que hubiera correspondido pagar.

Los incentivos impositivos incluyen estabilidad fiscal, reducción y devolución de contribuciones patronales y reducción de la alícuota de Impuesto a las Ganancias.

Sobre el impuesto a las ganancias, los beneficiarios quedarán alcanzados en la alícuota reducida del 15%, en la medida en que mantengan su nómina de personal en los términos y condiciones que establezca la reglamentación.

Fuente: NA